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Bebidas

Coca-Cola gana a la Agencia Tributaria una liquidación de 4,6 millones

El TEAC la anula tras una sentencia del Supremo sobre la deducibilidad de los intereses de demora

Sede de Coca-Cola en Madrid
Sede de Coca-Cola en Madrid
Javier García Ropero

Coca-Cola ha cerrado su último litigio en España con la Agencia Tributaria con victoria. La compañía de bebidas refrescantes recupera 4,6 millones de euros derivados de una liquidación del impuesto sobre sociedades, tras varios recursos en los que sus argumentos han sido validados.

Así consta en las cuentas anuales de Refrescos Envasados SA, la compañía bajo la que opera en España The Coca-Cola Company y que es independiente de la embotelladora, Coca-Cola European Partners.

En mayo de este año, el Tribunal Económico-Administrativo central falló a favor del recurso presentado por la compañía ante la liquidación de la Agencia Tributaria, realizada en 2018, y en la que esta denegaba la deducibilidad de determinados intereses de demora vinculados al impuesto sobre sociedades. El coste total para Coca-Cola fue de 4,63 millones.

La empresa reclamó ante el Tribunal Económico Administrativo en 2019, ejercicio en el que provisionó esa cantidad y que motivó que Refrescos Envasados cerrase el año con una pérdida de 1,7 millones. Pese a ello, la empresa confiaba en tener una resolución favorable, con unas posibilidades “superiores al 50%, según cifraba, para conseguir la anulación.

Mientras esperaba la decisión del TEAC, el Tribunal Supremo dictó en febrero de este año una sentencia que, después, resultaría decisiva para el caso de Coca-Cola. El Alto Tribunal dictaminó que los intereses de demora que se generan, en este caso, en el retraso del pago del impuesto sobre sociedades, “no tienen naturaleza sancionadora”, sino “compensatoria o reparadora del perjuicio causado por el retraso en el pago de la deuda tributaria”.

Por ello, estos intereses no deberían considerarse entre los gastos que la Ley del Impuesto Sobre Sociedades fija como no deducibles.

Coca-Cola, con esta sentencia en la mano, apeló de nuevo ante el TEAC y este, a finales de mayo, se adhirió a la jurisprudencia marcada por el Supremo. Por tanto, los 4,6 millones de euros son revertidos. Una parte de esta cantidad, 2,4, aparece ya como un ingreso fiscal en la cuenta de resultados de Refrescos Envasados, lo que le permitió cerrar el ejercicio con un beneficio de 4,9 millones de euros.

Esto pese a que sus ingresos se redujeron un 44% hasta 24,6 millones, por las menores iniciativas de márketing impulsadas por culpa del Covid-19 y por la caída de la demanda de la hostelería.

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Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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