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Más de 226.000 autónomos han recibido ayudas de la Seguridad Social en agosto

Solo 460 autónomos percibirán la prestación debido a la suspensión temporal de su actividad

La Seguridad Social abonó 200 millones de euros en ayudas por la pandemia a más de 226.000 autónomos en el mes de agosto. Así lo ha informado el propio organismo, que ha recordado los tipos de ayudas que se han concedido en función de la necesidad del personal.

Las asociaciones de autónomos y el Ministerio llegaron a varios acuerdos para facilitar ayudas a los sectores más afectados por la pandemia. Cuando mayor incidencia tuvo el coronavirus, las ayudas protegieron a 1,46 millones de trabajadores autónomos. Desde ese momento, las prestaciones han sumado 7.372 millones de euros a los que se añaden unos 3.000 millones de euros en exoneraciones de las cuotas aplicadas a los autónomos.

Suspensión de actividad

Según los datos aportados, la prestación para autónomos compatible con su actividad ha llegado en agosto solo a 83.500 beneficiarios. Sin embargo, más de 141.000 trabajadores percibirán la ayuda que se diseñó en un primer momento para proteger a los autónomos que no cumplían con los requisitos de acceso a la prestación compatible con la actividad.

Cabe destacar que el número de autónomos que perciben la prestación debido a la suspensión temporal de su actividad se ha reducido en los últimos meses y sigue disminuyendo. Los datos de la Seguridad Social indican que unos 460 profesionales autónomos recibirán esta prestación. A esos hay que añadirles los 146 autónomos que ya la percibían a final de mayo. Específicamente, los autónomos de temporada que reciben esta prestación suman los 825.

Las ayudas para el colectivo se ampliaron hasta el 30 de septiembre debido al acuerdo alcanzado con las asociaciones de autónomos. En concreto, la cuantía de esta prestación es del 70% de la base mínima de cotización, independientemente, el autónomo queda exonerado del pago de las cuotas a la Seguridad Social, pese a que ese periodo cuenta como cotizado y es compatible con los ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

También se mantiene la prestación compatible con la actividad para aquellos profesionales que han visto disminuir en un 50% durante el segundo y tercer trimestre de 2021 su facturación o no hayan obtenido en dicho periodo unos rendimientos netos superiores a 7.980 euros.

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