El Supremo permite a los autónomos deducirse las comidas por trabajo
Una sentencia da la razón a un autónomo para que se pueda desgravar gastos de comida sin haber cerrado un negocio
Los trabajadores autónomos podrán deducirse las comidas de trabajo. El Tribunal Supremo ha fallado a favor de los trabajadores autónomos en este sentido. Hasta la fecha era un problema para los autónomos justificar ante Hacienda las comidas de trabajo, especialmente aquellas a las que no se llegaba a un acuerdo.
Sin embargo, ahora la justicia falla a favor de los trabajadores autónomos. Así se recoge en una sentencia del Tribunal Supremo y se refleja en la web del Consejo General de la Abogacía Española.
Sin haber cerrado un negocio
Se da, por tanto, la razón a un autónomo para que pueda desgravarse ante Hacienda los gastos de comida sin haber cerrado un negocio o llegado a un acuerdo empresarial.
El socio del área Fiscal y Tributario de AGM Abogados, Leonardo Cárdenas Armesto, explica que se alude al concepto de “donativos y libertades” que se recoge en la Ley del Impuesto de Sociedades. Según detalla, “no son donativos como tal, deben considerarse como gastos de promoción”.
Reforma fiscal y normativa
Pese a la sentencia favorable, esto no significa que los profesionales por cuenta propia tengan que dejar de justificar las comidas de trabajo para poder desgravárselas. Las comidas laborales siempre tendrán que tener una justificación para poder desgravarse. Esto significa que deberán tener siempre una relación con la actividad profesional.
El autónomo tendrá que presentar ante Hacienda documentos o comunicaciones que acrediten dicha relación. Algunos de ellos podrán ser correos electrónicos, mensaje de Whatsapp o la persona con la que se celebre la comida de empresa, tendrá que aparecer dentro de la lista de habituales de la empresa o negocio.
Sin embargo, el abogado considera que, aunque la sentencia es “un avance”, aún hay mucho trabajo por delante en este sentido. Según dice, habría que realizar una reforma fiscal y una n normativa de la Agencia Tributaria. “Ambas son fundamentales para adaptarse a la realidad de los autónomos. Así, los autónomos siempre sabrán qué y cómo hacer sus deducciones”, afirma Cárdenas Armesto.