La CNMC multa con 61 millones a un cártel en carreteras con ACS, FCC, Ferrovial, Sacyr, OHL y Acciona
Competencia afirma que el grupo de 12 empresas alteró licitaciones de Fomento entre 2014 y 2018 y ganó concursos por 530 millones
Golpe de la CNMC a constructoras cotizadas como ACS, Ferrovial, Sacyr, Acciona, OHL y FCC, y también a referencias medianas del sector de la obra pública entre las que resaltan Copasa, Elecnor o Copcisa. Competencia ha acusado de actuación en cártel a una docena de ellas con presencia en la conservación y explotación de carreteras del Estado.
El grupo se hizo, según el relato del órgano supervisor, con 71 de las 101 licitaciones que el Ministerio de Fomento puso en marcha entre 2014 y 2018 para la conservación de carreteras bajo su titularidad. El montante de las adjudicaciones a referencias del cártel superó los 530 millones de euros, cantidad que supone el 63% del importe total adjudicado por el Ministerio para los servicios de conservación de las Red de Carreteras del Estado.
Aceinsa aportó pruebas y se libra del agravante, ve reducida en un 50% la multa y queda exenta del veto para contratos públicos
Las firmas implicadas, según cree probado la CNMC, pactaban ofertas ganadoras mezcladas con otras de cobertura para ofrecer sensación de lucha en los concursos y que, normalmente, el ganador estuviera dentro del grupo pactista.
La multa asciende a 61,28 millones de euros y las compañías sancionadas son Acciona Mantenimiento y solidariamente su matriz Acciona (2,3 millones); Aceinsa Movilidad (3,2 millones); Alvac (5,8 millones); API Movilidad y solidariamente su matriz ACS (11,8 millones); Audeca y solidariamente su matriz Elecnor (2,6 millones de euros); Copasa (5,6 millones); Elsamex (4 millones), Elsan y solidariamente su matriz OHL (3 millones de euros); Ferroser Infraestructuras y solidariamente su matriz Ferrovial Servicios (5,7 millones); Innovia Coptalia y su matriz Copcisa (3,3 millones); Matinsa y solidariamente su matriz FCC (8,5 millones), y Sacyr Conservación y por extensión su matriz Sacyr (5,1 millones).
Carta a la Junta de Contratación del Estado
La CNMC es rotunda esta mañana al subrayar que debe prohibirse la contratación a las empresas del cártel con las administraciones públicas. Se apoya en la Ley de Contratos del Sector Público. "Las conductas anticompetitivas sancionadas se han prolongado más allá de la fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar, el 22 de octubre de 2015, por lo que se aplica la prohibición de contratar a las empresas participantes en el cártel", explica el órgano de Competencia.
A raíz de este fallo, la CNMC ha remitido a la Junta de Contratación del Estado la notificación de la resolución "a fin de que se inicie el procedimiento de determinación de la duración y alcance a las empresas sancionadas, en la medida que puedan seguir siendo licitantes en procedimientos de contratación pública".
La CNMC también ha pedido a la Dirección de Competencia que vigile el cumplimiento íntegro de esta resolución y "analice la posible responsabilidad de los directivos implicados en la infracción declarada en la resolución".
Además de la cuantía económica, el organismo de Competencia activa el mecanismo de prohibición de contratar con la Administración. La solicitud, en este sentido, ya está cursada ante la Junta de Contratación del Estado, que es quién debe determinar el alcance del posible veto.
La investigación ha tenido un actor clave, que decidió colaborar en las pesquisas. Entre la docena de referencias ha sido Aceinsa la que se ha acogido al Programa de Clemencia. A través de la aportación de pruebas se libra de la circunstancia agravante, ve reducida en un 50% la multa, a 1,6 millones, y queda exenta del veto para contratar con la Administración. La infracción es calificada como “muy grave” por la autoridad de Competencia, estando recogida en el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y en el 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
La madrileña Aceinsa, fundada en 2005, cuenta con presencoa en buena parte de España y sus ingresos en 2020 se aproximaron a los 80 millones de euros. Entre sus mayores contratos, por 25 millones, figura el de la conservación de firmes, señalización y atención de emergencias de tráfico en la M-40 y A-3.
Habrá recursos
Contra la resolución conocida esta mañana cabe recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Se da por descontado que las constructoras van a judicializar este caso. De hecho, desde el frente de firmas multadas las hay que hablan ya de acusaciones falsas y sanciones desproporcionadas, iniciando el análisis de las apelaciones.
La CNMC recibió información anónima sobre la existencia de esta asociación prohibida en octubre de 2017. Y ahora considera probado que estas compañías participaban por sistema en todas las licitaciones acordadas, restringiendo el número de ofertas con bajas superiores a un estándar que era prefijado por el cártel.
Las inspecciones en las sedes de alguna de las denunciadas se llevaron a cabo en diciembre de 2018. Entonces hubo registros en dependencias de Elsamex, Aceinsa, Audeca, Ferrovial Servicios y su filial Ferroser. Ya en julio de 2019 abrió el expediente sancionador contra 13 empresas y en diciembre de 2020 se incluyó a Ferrovial Servicios, aunque finalmente no ha sido sancionada como autora, sino como responsable solidaria por la conducta de su filial Ferroser.
Las empresas analzian el fallo para recurrir en un plazo de dos meses ante la Audiencia Nacional
De forma paralela, la CNMC también investigó en 2018 a las mayores constructoras del país por el presunto reparto de contratos de obra pública. Y un año después muchas de ellas fueron multadas por participar en un cartel relacionado con obras de electrificación del AVE.
Reuniones para tomar café
La estrategia en el caso de los concursos de conservación de carreteras, según se argumenta en el fallo, se desarrollaba a través de encuentros “para tomar café” que servían para coordinar las ofertas en los distintos concursos de conservación de carreteras. Según la CNMC, el cártel iba ordenando las licitaciones en grupos y acordaba criterios comunes de presentación de ofertas. Se asignaba una “bolsa” de puntos para cada paquete de concursos que se iban consumiendo por las compañías en función del nivel de descuentos sobre el presupuesto base de contratación. Cuanto mayores eran las bajas presentadas en sus ofertas, más puntos gastaban.
Esta era la forma por la que se limitaba el número de contratos a los que las empresas presentaban fuertes descuentos ganadores en cada grupo de licitaciones. Y es que, el número de puntos de la citada bolsa no llegaba a ser suficiente como para tratar de conseguir todos los contratos. Así, cada miembro del cártel se centraba en conseguir un número limitado de licitaciones, presentándose a las restantes con ofertas poco competitivas o de cobertura. Hasta para estas últimas se acordaban los descuentos y el compromiso era acudir a todos los concursos.
Con la afluencia de aspirantes a las licitaciones, argumenta la CNMC, se conseguía alterar el umbral de anormalidad, relacionado con la base de las ofertas presentadas en cada licitación, y podían conseguir que otras propuestas de compañías ajenas al cártel fueran excluidas del proceso de contratación.
Este modus operandi fue adaptándose a los cambios en los pliegos de contratación introducidos por la Administración. En la sanción se habla de una mecánica "particularmente compleja" y difícil de detectar, lo que ha sido considerado como agravante.