Mejores mimbres para afrontar la avalancha de concursos
La nueva Ley Concursal trata de sortear los numerosos mecanismos de bloqueo actuales
La moratoria, con el objetivo de evitar una cascada de concursos de acreedores, prohibió los concursos solicitados por terceros, es decir, aquellos instados por empresas o instituciones a las que la empresa debe dinero. Desde entonces solamente se declaran concursos voluntarios, las antiguas suspensiones de pagos en las que la empresa solicita la protección judicial para ordenar sus fianzas.
Pese a ello, el tsunami pandémico se ha llevado muchas empresas por delante. 6.700 en 2020, según los datos del INE, casi tantas como en 2019. En el segundo trimestre de 2021, de acuerdo con los datos de los registradores, el alza es del 85%. Y las perspectivas son, en todo caso, de un aluvión de concursos necesarios (instados por acreedores) al abrirse la veda.
La parte menos mala es que la Ley Concursal traspondrá una directiva europea que corregirá algunos de los fallos del sistema de concursos en España, manifiestamente mejorable en la medida en que el 90% de los procesos termina en la liquidación de las empresas. Varias medidas están enfocadas a facilitar la reestructuración societaria. Así, los acreedores que, por orden de prelación, no están en condiciones de entrar en el reparto del activo no tendrán voto a la hora de decidir sobre una reestructuración. Además, se rebaja al 51% el umbral de aprobación (entre acreedores) para dicha reestructuración.
Asimismo, se reduce la capacidad de los accionistas para bloquear una recapitalización de deudas (ahora tienen que aprobarla) y se eleva a 12 meses el periodo de preconcurso. Medidas todas ellas que tratan de sortear los numerosos mecanismos de bloqueo actuales, cuyas consecuencias son, además de la práctica condena a la liquidación (es más probable parar un lanzamiento de penalti que salir de un concurso), la eternización de los procesos: en algunos casos donde la reestructuración es económicamente viable los obstáculos legales a salvar dilatan el proceso de forma indefinida. También se desincentivan las peticiones oportunistas de concurso.
En cualquier caso, más allá de los beneficios de la nueva norma, el escenario es el de una avalancha de procesos concursales, por lo que solo cabe pedir a la administración, además de un texto sin agujeros, los medios para evitar un colapso judicial.