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Regulación

El Supremo pondrá orden en el acceso del gran público a los expedientes de la CNMV

El supervisor exige que sus investigaciones sean ‘top secret’

Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV.
Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV.Pablo Monge

Es una batalla sin cuartel desde hace cuatro años. La CNMV defiende que sus investigaciones son alto secreto, en contra del criterio del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG). Desde 2017 ha habido sentencias contradictorias, con varias del Supremo que abrían al gran público los expedientes del vigilante que preside Rodrigo Buenaventura. Pero el tribunal ha decidido poner orden en este asunto y para ello ha admitido un recurso de la CNMV. Su gran misión es aclarar la situación.

El Tribunal Supremo se enfrenta ahora a sí mismo en la interpretación de dos leyes: la del mercado y la de transparencia y acceso a la información pública. En una sentencia de finales de 2020, que publicó CincoDías el pasado 20 de diciembre, el alto tribunal determinó que esta última norma, en vigor desde 2014, se imponía a la que regula los poderes de la CNMV.

Ese fallo niega el carácter confidencial de todas las pesquisas del organismo en relación a la supervisión y a la inspección. La sentencia, que puede consultarse en la edición online de este periódico, descarta que la Ley del Mercado de Valores contenga un régimen específico y alternativo que desplace el régimen general de acceso a la información, implantado con la regulación de 2014.

La contrariedad de la CNMV ante esa resolución fue máxima. Desde 1988, cuando entró en vigor la ley del mercado, todas las investigaciones de este organismo habían quedado blindadas de los ojos curiosos de todos aquellos que no estuvieran directamente afectados en los procedimientos. En su doctrina de hace ocho meses, el Supremo solo dio un pequeño balón de oxígeno al permitir a la CNMV que no diera algún dato, si conseguía justificar que estaba protegido por el secreto profesional o que supondría un perjuicio para terceros.

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La reacción fue ultrarrápida. El pasado 22 de diciembre, la CNMV lanzó un comunicado en el que adelantó su intención de solicitar al Supremo que elevara la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por el criterio de la mencionada sentencia, "dado el impacto que podría tener en la transmisión de información entre supervisores de mercados de valores".

Después del controvertido fallo, que debía sentar jurisprudencia, el mismo tribunal se contradijo a sí mismo. En una sentencia del pasado 18 de marzo, concluye que la regulación sobre la confidencialidad prevista en la ley del mercado "debe considerarse de aplicación prevalente" frente a la de transparencia. Esta última se ha de aplicar de manera subsidiaria "en todo aquello que no haya quedado desplazado por la regulación parcial" de la norma del mercado.

En un auto del pasado 16 de junio, el Supremo señala que, "atendiendo a este último matiz en relación con la aplicabilidad prevalente de las previsiones sobre confidencialidad previstas en la Ley del Mercado de Valores, resulta conveniente un nuevo pronunciamiento de este tribunal". Admite un recurso de casación contra una sentencia de la Audiencia Nacional del 30 de octubre del año pasado. La misión es aclarar, matizar, concretar o corregir la jurisprudencia sentada en relación con el derecho de acceso a la información y la garantía de la confidencialidad.

La CNMV logra así que el tribunal recapacite sobre la interpretación de la normativa que le confiere confidencialidad estricta "en el ejercicio de sus funciones relacionadas con la supervisión e inspección", respecto al principio general de la ley de transparencia, que abre de par en par la puerta de acceso a todo tipo de datos de la Administración y de organismos independientes.

La disputa arrancó el 12 de junio de 2017, cuando un particular solicitó a la CNMV el texto completo de las resoluciones sancionadoras cuyas partes dispositivas se publicaron en el BOE de 2015 respecto a Popular y a su filial de banca privada. La escalada judicial ha llegado hasta la situación actual.

Los cambios propuestos en la ley del mercado

Reforma en proceso. El borrador que reforma la Ley del Mercado de Valores, sometido a consulta pública por el Ministerio de Asuntos Económicos hasta el pasado 25 de mayo, incluye una nueva redacción del artículo que regula el "secreto profesional". Especifica que las informaciones de la CNMV recibidas en el ejercicio de sus funciones relacionadas con la supervisión e inspección no podrán ser divulgadas a ninguna persona o autoridad, "salvo en los supuestos y términos establecidos reglamentariamente". Esta coletilla no se incluye en la redacción actual. Incluso se regula la transmisión de esta información a las Cortes Generales y a las autoridades judiciales de manera estricta y especifica que todas las personas que trabajan o hayan trabajado para la CNMV deben guardar secreto sobre esta información.

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