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Campaña de la Renta

Cataluña reduce el efecto de los ERTE en la renta con una deducción fiscal

Introduce una deducción autónomica en el IRPF que evita una penalización por haber tenido dos o más pagadores. La medida afecta a unos 250.000 catalanes

Declaración de la renta.
Declaración de la renta.

Cataluña reducirá la factura fiscal de los ERTE en esta declaración de la renta a unos 250.000 catalanes, al haber introducido una deducción autónomica en el IRPF que evita una penalización por haber tenido dos o más pagadores.

En concreto, unos 250.000 catalanes que percibieron como máximo 22.000 euros brutos anuales en 2020 y que tuvieron más de un pagador, por circunstancias como haber estado en ERTE, tendrán derecho en la actual campaña de la renta a esa deducción autonómica.

Se trata de una deducción que el Govern aprobó el pasado mes de noviembre pero que se aplicará ahora, con motivo de la campaña de la renta, que arrancó el 7 de abril, y que supondrá una merma de ingresos de 16,3 millones para la Generalitat.

Esta deducción autonómica del IRPF pretende evitar que las personas con rentas bajas que se hayan visto afectadas por un ERE temporal o bien se hayan quedado en el paro se vean penalizadas a la hora de tributar por este impuesto simplemente por haber cobrado de más de un pagador.

La normativa actual del IRPF establece que no están obligados a presentar declaración de la renta quienes hayan percibido menos 22.000 euros brutos anuales por parte de un mismo pagador.

En cambio, si hay dos o más pagadores - como una empresa y el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)- la declaración se debe presentar a partir de los 14.000 euros brutos anuales, siempre que el importe recibido del segundo o de otros pagadores sea superior a los 1.500 euros.

La deducción creada por la Generalitat es equivalente, por tanto, a la diferencia entre la cuota íntegra catalana y la cuota íntegra estatal, siempre que sea positiva.

En definitiva, la Generalitat dejará de cobrar este diferencial para evitar que estos trabajadores se vean penalizados a la hora de hacer la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2020.

A modo de ejemplo, si un contribuyente sin descendientes ni ascendientes a cargo percibió 20.000 euros el año pasado de una empresa y otra persona en igual situación cobró la misma cantidad pero de dos pagadores (una empresa y el SEPE, por ejemplo), al primero le corresponden unas retenciones fiscales de 2.340 euros por el IRPF y al segundo de un total de 2.513 euros.

Esos 173 euros de diferencia entre una y otra persona son los que evita esta deducción fiscal de la Generalitat que se estrena ahora.

Sin embargo, la Agència Tributaria de Catalunya avisa en su web de que esta deducción no aparece de forma automática en el borrador de la declaración, por lo que deberá ser el mismo contribuyente el que se la deba aplicar para tenga efecto en el cómputo total, y por ello la ATC recuerda que se debe marcar la casilla 0824.

Con todo, esta deducción no garantiza que el resultado de la declaración sea a devolver, ya que el resultado final dependerá de las retenciones practicadas durante el año. De hecho, si no ha habido retenciones o estas han sido muy bajas el resultado será a pagar, subraya la ATC.

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