_
_
_
_
Tribunales

El Supremo niega a Aristráin la propiedad de terrenos en Madrid de ArcelorMittal

El alto tribunal ha rechazado un recurso del empresario contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid fechada en julio de 2018

 Acería de Arcelor.
Acería de Arcelor.Europa Press

El Tribunal Supremo ha confirmado que los terrenos que el industrial del acero José María Aristráin disputaba a la multinacional ArcelorMittal, de la que es accionista, en Villaverde (Madrid), son efectivamente propiedad de la empresa.

El alto tribunal ha rechazado un recurso del empresario contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid fechada en julio de 2018, que rechazó la reclamación de Aristráin sobre unos terrenos de uso industrial en Villaverde, que reclamaba en virtud de un contrato de opción de compra firmado en 1998.

En marzo de 1998 Aristráin y Aceralia (hoy ArcelorMittal España) suscribieron un contrato de compraventa de acciones y participaciones por el que el empresario transmitió a ArcelorMittal España todas las sociedades a través de las que Aristráin ejercía el negocio siderúrgico, entre las cuales figuraba el 100 % del capital social de Siderúrgica Aristráin Madrid (hoy ArcelorMittal).

El contrato estaba supeditado a dos condiciones, una de las cuales, la "total o parcial desafección de los terrenos a la actividad siderúrgica", no se cumple, según la siderúrgica.

Aristráin alegó que en 2012 cesó la actividad siderúrgica en la planta construida sobre los terrenos, desmantelándose totalmente en 2015, por lo que ejercitó su opción de compra.

ArcelorMittal se opuso a la demanda, ya que, si bien reconoció el cierre de la planta, ello no implicaba que no se realizaran en los terrenos otras actividades "que también han de considerarse siderúrgicas".

La empresa defendió que "bastaría con que mantuviese la voluntad de destinar los terrenos, en el presente o en el futuro, a una actividad siderúrgica para impedir que se pudieran considerar desafectados de la actividad siderúrgica".

En dichos terrenos, explicaba ArcelorMittal, no se lleva a cabo la fabricación de acero, pero sí otras actividades relacionadas con el negocio, como la compra, manipulación y expedición de chatarra, y la fragmentación de la chatarra en paquetes adecuados para su uso en el horno.

La Audiencia Provincial consideró que el contrato de opción de compra estaba redactado "de forma suficientemente amplia" sobre lo que se consideraba actividad siderúrgica, que no era solo la fundición y laminado de acero, extremo ahora confirmado por el Supremo.

Archivado En

_
_