Así quedan finalmente los nuevos plazos del ICO para pymes y autónomos
Requisitos que deben cumplir autónomos y empresarios para solicitar esta ampliación.
El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha anunciado que se amplían tanto los plazos como los periodos de carencia de las líneas de avales liquidez disponibles para empresas y profesionales autónomos. La finalidad de esta nueva línea de avales es la de fomentar y facilitar el acceso a financiación y resolver así los problemas de solvencia de estos colectivos.
En concreto, estas operaciones están avaladas por el Estado y al amparo del Real Decreto-ley 8/2020, de manera que empresarios y trabajadores por cuenta propia pueden solicitar en sus entidades financieras la ampliación del vencimiento de sus avales ICO hasta un máximo de tres años adicionales. Además, el periodo de carencia también se amplía doce meses adicionales a los que pactados al inicio.
Requisitos y solicitudes
Para poder extender los plazos hasta tres años, la operación que vaya a avalarse no puede superar los ocho años desde la formalización de inicio de la operación. Además, sesta ampliación del aval debe coincidir con la del vencimiento del préstamo avalado.
En lo que se refiere al aumento del plazo de carencia en doce meses adicionales, se debe considerar que el plazo inicial no puede superar los 24 meses.
Asimismo, aquellas empresas o autónomos que quieran solicitar estas ampliaciones, además, es preciso que cumplan con los siguientes requisitos:
- Presentar la solicitud en la misma entidad en la que se le concedió la financiación avalada.
- No tener impagos (de esta financiación u otra) con la entidad correspondiente.
- El autónomo o empresario no puede ser moroso y figurar en la a Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en el momento en el que vaya a solicitar la ampliación.
- Que la propia entidad no haya comunicado ningún impago al deudor a fecha de la extensión.
- El trabajador por cuenta propia o empresario no puede estar en ningún proceso concursal.
- La financiación para que se va a solicitarla ampliación debe haberse formalizado antes del 18 de noviembre de 2020.
- El solicitante deberá cumplir con los límites que establece la normativa oficial de Ayudas de Estado de la Unión Europea.
Aquellos que cumplan con estas exigencias y estén interesados, tienen hasta el 15 de mayo de 2021 para presentar la solicitud de ampliación a su entidad financiera.