La UE podrá adoptar represalias en 20 días si el Reino Unido se salta lo acordado
El mecanismo busca evitar que Reino Unido aproveche su autonomía legislativa para ejercer una competencia desleal
La Unión Europea podrá adoptar represalias contra el Reino Unido en caso de que este país aproveche su autonomía legislativa para generar situaciones de competencia desleal que coloquen a las empresas comunitarias en desventaja con las británicas. Así lo recoge el acuerdo alcanzado el pasado jueves entre Bruselas y Londres, al que ha tenido acceso El PAÍS.
Según informa este periódico hoy, el pacto alcanzado entre ambas partes prevé medidas de compensación o reequilibrio, incluida la suspensión de partes del acuerdo o la imposición de aranceles, que se podrán adoptar en solo 20 días. Se trata de un mecanismo muy estricto de vigilancia, defensa y retorsión del acuerdo, que está disponible para las dos partes, aunque se habría introducido por la presión del equipo negociador europeo, liderado por Michel Barnier.
El citado periódico apunta, por ejemplo, que el texto acordado in extremis señala que en caso de que una de las partes perciba que la legislación de la otra en materia laboral, social o medioambiental está teniendo “un impacto material” podrá notificar las medidas de reequilibrio que va a adoptar para paliar la situación. Dichas medidas, que pueden incluir la suspensión de ciertas partes del acuerdo o la imposición de gravámenes a la exportación, se podrán adoptar unilateralmente. Y esa posibilidad se contempla "cuando esas divergencias repercutan materialmente en el comercio o la inversión" entre los Veintisiete y el Reino Unido, señala una nota publicada por Bruselas.
La notificación abrirá un plazo de consultas entre ambas partes de 14 días. Y si no se llega a un acuerdo, las medidas de retorsión podrán entrar en vigor cinco días después de expirado el período de diálogo. La parte acusada dispondrá de la posibilidad de solicitar un arbitraje para congelar brevemente la aplicación de las represalias. Pero el panel de arbitraje deberá pronunciarse en solo 30 días. Si no se pronuncia en ese plazo, las represalias entrarán en vigor, con la posibilidad para la parte acusada de contraatacar también con sus propias medidas.
Esto, explica, podría ser pertinente, por ejemplo, en una situación en la que una de las partes aumente significativamente sus niveles de protección en relación con las normas laborales o sociales, el medio ambiente o el clima por encima de los niveles de la otra parte. Esa actuación puntual puede suponer un aumento de los costos de producción y, por lo tanto, una desventaja competitiva, puntualiza la Comisión.
Cada una de las partes también podría, a intervalos regulares y si se han adoptado medidas de reequilibrio con frecuencia o durante más de 12 meses, solicitar un examen de las partes comerciales o económicas del acuerdo para garantizar un equilibrio duradero. En este caso, se podría negociar y enmendar las partes pertinentes del texto, pero siempre respetando la igualdad de condiciones.
Subsidios
En el acuerdo, la UE y el Reino Unido acordaron además normas generales y específicas vinculantes para asegurar la no utilización de subvenciones que distorsionen el comercio, y evitar así el desvío de inversiones y la pérdida de empleos.
Esos compromisos recogen referencias específicas para sectores clave (por ejemplo, el transporte aéreo, la energía, los servicios financieros) o incluso los tipos de ayuda (por ejemplo, el rescate y la reestructuración de empresas en dificultades, las garantías ilimitadas, las subvenciones a la exportación, los servicios de interés económico público, los grandes proyectos transfronterizos).
En el caso de subsidios públicos que supongan un riesgo de distorsión de la competencia, el período de consultas podrá prolongarse durante 60 días. Y a falta de acuerdo, se podrán adoptar medidas de represalia sometidas después a un posible arbitraje, añade El PAÍS.
En cuanto a la transparencia, la UE y el Reino Unido publicarán la información sobre subvenciones en un sitio web oficial o en una base de datos pública en un plazo de 6 meses a partir de la concesión de las mismas y en un plazo de 1 año en el caso de las subvenciones en forma de medidas fiscales.
Sobre las garantías de una sólida ejecución nacional, el acuerdo contempla que el respeto de los principios generales pueda ser impugnado por los competidores y verificado por los tribunales de la UE o del Reino Unido, lo cuales estarán facultados para ordenar a los beneficiarios que devuelvan la subvención.
Ambas partes podrán también pedir el control de las subvenciones al mecanismo de solución de diferencias horizontales y el incumplimiento por una de las partes puede dar lugar a sanciones autorizadas por el tribunal de arbitraje.
Mecanismos e instrumentos sólidos
Estos son algunos de los compromisos que, según la Comisión Europea, reflejan "el alcance y la profundidad de la amplia y ambiciosa asociación económica" que van a iniciar la UE y quien ha sido socio del club comunitario durante 47 años, a partir del 1 de enero.
Los compromisos alcanzados por ambas partes pretenden evitar las distorsiones del comercio y la inversión, y contribuir al desarrollo sostenible.
Las normas "sólidas y exhaustivas" contempladas en el sexto de los siete capítulos del acuerdo "evitarán las distorsiones creadas por las subvenciones, las prácticas anticompetitivas o el comportamiento discriminatorio y abusivo de las empresas estatales".
El fin es también favorecer la transparencia fiscal y contrarrestar la evasión fiscal y los regímenes y prácticas fiscales perjudiciales.
Muchos de estos detalles se han conocido hoy después de que la Comisión Europea publicara este sábado el texto completo del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y el Reino Unido, en cuyo análisis se encuentran inmersos con vistas a respaldar su aplicación provisional desde el 1 de enero. Un acuerdo en virtud del cual, Reino Unido seguirá disfrutando del privilegio de la exención de aranceles y de cuotas en sus intensos intercambios comerciales con otros países de la UE, algo único para un país tercero.
Antes de dar su visto bueno, los países disponen de unos dos o tres días para examinar los textos de los distintos compromisos, que solo en la parte de comercio y cooperación ocupan 1.246 páginas, según detalla Efe, que apunta que en pleno periodo festivo navideño los trámites se suceden a ritmo acelerado, con vistas a facilitar la aplicación provisional del acuerdo a principios de año.
Garantizar la competencia justa en el mercado único, junto con los mecanismos para dirimir disputas y la pesca, fueron los tres escollos que encallaron durante meses las negociaciones, que terminaron en Nochebuena con el anuncio del histórico pacto.
El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y el Reino Unido abarca las siguientes esferas: el comercio de bienes y servicios, el comercio digital, la propiedad intelectual, la contratación pública, la aviación y el transporte por carretera, la energía, la pesca, la coordinación de la seguridad social, la aplicación de la ley y la cooperación judicial en materia penal, la cooperación temática y la participación en programas de la Unión.
La Comisión Europea ha recordadro que el 1 de enero de 2021, el Reino Unido perderá todos los derechos y obligaciones que tenía como Estado miembro de la UE y durante el período de transición en virtud del Acuerdo de Retirada. Por tanto, ya no se beneficiará del acceso sin trabas al mercado único y la unión aduanera de la UE, ni de las políticas y acuerdos internacionales de la UE, incluidos sus acuerdos de libre comercio con otros terceros países.
Esto creará nuevos obstáculos al comercio de bienes y servicios, y a la movilidad y los intercambios transfronterizos que no existen hoy en día, en ambas direcciones. Ahora bien, aunque el nuevo acuerdo servirá para limitar las perturbaciones en comparación con una situación sin acuerdo, las administraciones públicas, las empresas, los ciudadanos y las partes interesadas de ambas partes se verán inevitablemente afectados, según destaca en su nota.
Las negociaciones del Acuerdo de Comercio y Cooperación comenzaron formalmente el lunes 2 de marzo de 2020. Se celebraron nueve rondas formales de negociaciones en Bruselas, y en Londres de forma presencial y por videoconferencia (debido al brote de la pandemia de coronavirus) entre marzo de 2020 y octubre de 2020. A partir de ese momento, las negociaciones se intensificaron, con contactos diarios, siete días a la semana, y concluyeron esta pasada Nochebuena.