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Justicia

La CNMV pedirá que el TJUE aclare el acceso del gran público a sus expedientes

Solicitará al Supremo que eleve una cuestión prejudicial al tribunal europeo

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) solicitará que sea el Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) quien decida si la ley de transparencia española gana a la Ley del Mercado de Valores. El supervisor presidido por Rodrigo Buenaventura ha anunciado que pedirá al Tribunal Supremo que eleve una cuestión prejudicial sobre la confidencialidad de sus investigaciones tras el fallo que da la razón al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) frente a la CNMV.

El CTBG se ha impuesto al vigilante del mercado que aspiraba a que prevaleciera la confidencialidad de todas sus investigaciones en materia de supervisión e inspección, tal y como avanzó este lunes CincoDías. En una sentencia reciente, el Supremo reconoce que la ley del mercado de valores contiene “una regulación sobre la confidencialidad de ciertas informaciones y otros aspectos, pero no un régimen específico y alternativo que desplace el régimen general de acceso a la información” reflejado en la ley de transparencia.

Se trata del mismo párrafo utilizado en una sentencia anterior que enfrentó al CTBG con la Agencia Tributaria. Si bien, la CNMV explica que, “según consolidada jurisprudencia”, la sentencia del Supremo “no constituye jurisprudencia al ser, por ahora, la primera y única que interpreta la relación entre la citada ley y el principio de confidencialidad y secreto profesional establecido en Mifid 2 y la ley del Mercado de Valores”.

El supervisor presidido por Rodrigo Buenaventura, tras consultarlo con el resto de supervisores de la Unión Europea, considera que debe pedir al Supremo que plantee ante el TJUE una cuestión prejudicial “a efectos de que confirme, corrija o matice la doctrina sentada en referida sentencia, dado el impacto que podría tener en la transmisión de información entre supervisores de mercados de valores”.

Una solicitud que el supervisor asegura que realizará a través de las vías legalmente establecidas. Apunta además que hasta que no obtenga respuesta a su petición, mantendrá su criterio relativo a la confidencialidad y secreto profesional de sus expedientes de supervisión e inspección, “a efectos de evitar distorsiones en la transmisión de información entre supervisores”.

El origen de esta disputa se remonta a junio de 2017 cuando un particular pidió al supervisor del mercado el texto completo de las resoluciones sancionadoras cuyas partes dispositivas se publicaron en el BOE de 2015 respecto a Popular y a su filial de banca privada. Petición que la CNMV denegó días después y que llevó al particular a recurrir al CTBG, quien le dio la razón en septiembre de 2017. El supervisor recurrió en primera instancia, más tarde ante la Audiencia Nacional, luego al Supremo y ahora prevé llegar al TJUE.

En su fallo, el Supremo considera que la CNMV podrá omitir datos concretos ante futuras peticiones pero descarta que la ley del merado de valores pueda “limitar o condicionar el acceso a la información en materias en las que no se encuentren protegidas por la confidencialidad”.

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