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Fiscalidad de las inversiones

Los minoristas deberán invertir 247.500 euros en una sicav para que esta tribute al 1%

Hacienda ortorgará poderes a la Agencia Tributaria para comprobar el requisito.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.
 Óscar Cañas - Europa Press
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Óscar Cañas - Europa Press Europa Press

La secretaria de Estado de Hacienda, Inés Bardón, adelantó el miércoles que se van a establecer “requisitos adicionales” para disfrutar de los beneficios fiscales de las sicavs, como exigir a los accionistas una participación mínima de 2.500 euros. Agregó que se otorgarán competencias a la Agencia Tributaria para comprobar dicho requisito.

Cinco Días publicó el martes que sería Hacienda la que en última instancia decidiría si una sicav tributa al tipo reducido del 1% en el impuesto de Sociedades o al 25% del general. El miércoles, se concretó la reforma.

El ministerio que dirige María Jesús Montero aclara así que la inversión mínima de los particulares en una sicav debe ser de al menos de 247.500 euros para que el vehículo disfrute de la fiscalidad reducida, puesto que la sociedad debe estar constituida al menos por 100 accionistas. Se ofrece la posibilidad de que 99 inviertan la mencionada cantidad y un único socio controle el resto. La Agencia Tributaria tendrá, en todo caso, la última palabra. El patrimonio mínimo de una sicav es de 2,4 millones de euros. Pero existen sociedades con importes muy superiores, como Torrenova, de Banca March Gestión, que gestiona unos 1.000 millones de euros.

Si solo se exige este requisito, se allanan los eventuales problemas de esta figura societaria en España, que en el resto de Europa, salvo en Portugal, no precisa de un número mínimo de socios, basta que sea de carácter abierto. Es decir, que se pueda invertir en ella.

La reforma, así planteada, tendría un impacto reducido en la industria, si bien dificultaría que las sicavs sean “una herramienta de planificación fiscal de grandes patrimonios familiares”, como quiere evitar Hacienda. Ahora, no se exige un importe mínimo a ningún inversor para que compute como accionista.

La propuesta es menos restrictiva que la reforma planteada, y nunca ejecutada, en el pacto de investidura sellado entre el PP y Ciudadanos en agosto de 2016. Firmaron que, para computar en ese centenar de socios necesarios para que la sicav pague el 1% en lugar del 25%, cada accionista tuviera al menos un 0,55% del capital. Esto en la práctica limitaba al 45,55% la propiedad de un único socio. Pero una sicav de 1.000 millones hubiera exigido una inversión mínima de 5,5 millones de euros.

Inés Bardón adelantó esta modificación durante su comparecencia ante la Comisión de Presupuestos del Congreso para informar sobre el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2021, en la que detalló que esta medida no se incluirá en las nuevas cuentas públicas, sino en otras leyes, que recogerán medidas como el tipo mínimo del 15% para beneficios no distribuidos de las socimis. La de las sicavs se incluirá en la ley antifraude, en plena tramitación.

En el acuerdo del Gobierno de coalición entre el PSOE y Unidas Podemos firmado a finales del año pasado se especificaba además que se “establecerán requisitos adicionales para la aplicación a las sicavs del tipo impositivo reducido (...)”. Y ponía un ejemplo: que se fije un tope de concentración de capital en manos de un mismo inversor, incluyendo la participación de personas físicas o jurídicas vinculadas. Ahora mismo, un accionista puede tener el 99,9% del capital de una sicav, y los 99 restantes tan solo un 0,1%.

Caída desde el récord de hace cinco años

La industria de las sicavs españolas alcanzó su récord en 2015, con 34.082 millones de euros de patrimonio para un total de 3.409 vehículos. Los últimos datos de Inverco, la asociación de fondos de inversión y de pensiones, revelan que el número de sicavs en España era de 2.491 a cierre de septiembre, 97 menos que a finales de 2019, con 26.614 millones.

Los grandes patrimonios han empleado históricamente este vehículo como una coartada para poder realizar compraventas sin tener que pasar cada año por el IRPF. Si bien, cuando rescatan las plusvalías han de tributar por ellas al porcentaje correspondiente, que este año se sitúa entre el 19% y el 23% y que llegará a un máximo del 26% el próximo año para los beneficios que excedan los 200.000 euros.

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