_
_
_
_
Bancas

La Audiencia de Madrid dice que las cuentas de Popular no reflejaban su imagen fiel desde 2012

Esta resolución se conoce días después de que otra sección del mismo órgano llegase a la misma conclusión

-FOTODELDÍA- MADRID, 08/10/2020.- La presidenta de Banco Santander, Ana Botín, saluda a su llegada el jueves de la semana pasada a la Audiencia Nacional para testificar en el marco de la causa que investiga a los dos últimos equipos gestores del Banco Popular, incluidos sus expresidentes Ángel Ron y Emilio Saracho.
-FOTODELDÍA- MADRID, 08/10/2020.- La presidenta de Banco Santander, Ana Botín, saluda a su llegada el jueves de la semana pasada a la Audiencia Nacional para testificar en el marco de la causa que investiga a los dos últimos equipos gestores del Banco Popular, incluidos sus expresidentes Ángel Ron y Emilio Saracho. Juan Carlos Hidalgo (EFE)

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid ha vuelto a concluir que las cuentas de Banco Popular --ahora Banco Santander-- no reflejaban su imagen fiel ya desde 2012, según la sentencia.

"Siendo evidente que la inviabilidad financiera que determinó la resolución del Banco Popular el 7 de junio de 2017 deviene de serios problemas económicos que indubitadamente se arrastraban desde hacía tiempo y que ya existían cuando se realizó no sólo la ampliación de capital en mayo de 2016, sino también la correspondiente al año 2012", recoge el fallo.

El despacho Rúa Abogados, encargado de la defensa de un cliente afectado por la resolución de la entidad, ha explicado que esta resolución se conoce días después de que otra sección del mismo órgano llegase a la misma conclusión y manifestase de forma tajante que las cuentas de la entidad "no reflejaban la imagen fiel desde, al menos, el 17 de febrero de 2012".

Estas resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid colocan a los afectados que hayan invertido en acciones de la entidad desde 2012 más cerca de recuperar su dinero. De hecho, esta sentencia concreta condena a Banco Santander, como heredero universal del Popular, a devolver a un accionista más de 36.000 euros invertidos en agosto de 2016.

La Audiencia de Madrid explica que las constantes ampliaciones de capital en el periodo comprendido entre 2012 y 2016 son, por lo demás, "manifestaciones palmarias de las necesidades financieras" de la entidad para cubrir el deterioro de valor de sus activos inmobiliarios y crediticios.

En este sentido, critica que las pruebas de estrés realizadas por los organismos supervisores, así como las auditorías efectuadas, no detectaran la errónea valoración.

Igualmente, aunque reconoce el efecto perjudicial claro que se produjo con la retirada masiva de fondos de los clientes días previos a la resolución del Banco Popular, señala que "no debe omitirse que lo que retiraron los depositantes fue su dinero".

"La solvencia de la entidad bancaria, por más o menos retirada de liquidez, es exactamente la misma, poniendo de manifiesto la resolución que la solvencia del Banco Popular no era la que decía", señala.

Archivado En

_
_