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Telefónica logra suspender el pago de unas actas de Hacienda al alegar impacto en su rating

La Audiencia Nacional estima el recurso de la operadora

Sede corporativa de Telefónica.
Sede corporativa de Telefónica. EFE
Santiago Millán Alonso

Telefónica ha logrado la suspensión del cobro de unas actas por Hacienda por un importe de 28 millones de euros, alegando el impacto que podía tener para su rating.

Así, la Sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha estimado un recurso de reposición interpuesto por la compañía contra un auto de enero pasado, que se deja sin efecto, acordando, en su lugar, la medida cautelar de suspensión de la resolución de la Sala Segunda del Tribunal Económico-Administrativo Central. Así, se ha desestimado la reclamación económico administrativa formulada contra un acuerdo de liquidación de 2015, por la Dependencia de Control tributario y aduanero de la Delegación Central del Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) sobre el IVA, entre los años 2009 y 2011.

En su resolución, la Audiencia Nacional señala que la suspensión se condiciona a que por la misma se aporte garantía en forma de aval bancario u otra por el citado importe de 28.239.649,03 euros, de los cuales 23.009.372,39 euros se corresponden con la cuota y 5.230.276,64 euros con los intereses de demora.

La compañía había señalado que el pago de dicho importe incidía “muy negativamente” en aspectos de especial relevancia como el acceso a los mercados financieros y la atracción de inversores. Según el auto, para acreditar la situación financiera en la que se encuentra la compañía en la actualidad, se aportó un informe elaborado por la agencia Moodys Analitics. “En el informe se expone que el pago de la deuda y la incidencia que el mismo pueda ocasionar en la inversión externa, conllevaría la posible degradación del nivel de rating, dificultando enormemente el acceso de la empresa a la financiación bancaria, imprescindible para abarcar todos los proyectos que TSA tiene planificados para afrontar la evolución tecnológica que el mercado requiere, por lo que la existencia de trabas al acceso de esta financiación tiene un efecto devastadoramente perjudicial”, dice la resolución.

No obstante, en el escrito de reposición, dice el auto, la empresa indica que se han adoptado las precauciones necesarias para garantizar la efectividad del fallo en el caso de que éste fuera desestimatorio del recurso y teniendo presente la doctrina jurisprudencial que, sobre la adopción de garantías en estos casos.

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Sobre la firma

Santiago Millán Alonso
Es periodista de la sección de Empresas, especializado en Telecomunicaciones y Tecnología. Ha trabajado, a lo largo de su carrera, en medios de comunicación como El Economista, El Boletín y Cinco Días.

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