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Apuestas y juegos de azar. El sector con más autónomos cobrando cese de actividad

Un 80% de los autónomos de apuestas y juegos de azar han tenido que pedir la prestación

El sector de los juegos de azar y de las apuestas se posiciona entre los sectores en los que más trabajadores autónomos están cobrando la prestación por cese de actividad derivada del COVID-19. En concreto, en dicho sector, más del 80% de los trabajadores por cuenta propia han tenido que solicitar el cobro de la prestación extraordinaria por cese de actividad debido a la situación provocada por el coronavirus.

Turismo y confección

El de los juegos de azar no es el único sector afectado por la crisis, el 70% de los autónomos de servicios relacionados con el turismo, como el alojamiento, y de las agencias de viajes y operadores turísticos también han tenido que solicitar las ayudas.

Por otro lado, los datos reflejan que un 60% de los trabajadores autónomos del sector de la educación también han tenido que solicitar la prestación, mientras que solo la mitad de los trabajadores de actividades sanitarias, los relacionados con la confección de prendas textiles han pedido la ayuda.

Exención de cuotas en julio

El Gobierno ya ha anunciado que aquellos autónomos que a fecha de 30 de junio estuviesen cobrando la prestación y quisieran recuperar su actividad, también tendrán exención de cuotas. Según anunció el Gobierno, la exención será del 100% de la cuota durante el mes de julio y en agosto será del 50%, mientras que en septiembre ésta se reducirá al 25%.

Ayudas del 70%

Aquellos autónomos que sigan necesitando de las ayudas porque retomen parcialmente su actividad, percibirán el 70% de la base reguladora, además del abono de su cuota por contingencias comunes. No obstante, el Gobierno ha advertido de que para poder percibir dicha prestación deberán tener una facturación, en el tercer trimestre, inferior al 75% de la facturación del mismo periodo de 2019 y no superar 1,75 veces el salario mínimo interprofesional en sus rendimientos netos mensuales.

Los trabajadores de temporada, por su parte, contarán con la prestación extraordinaria hasta el mes de octubre. Pero para que esto sea así, sus ingresos de este año no deben superar en 1,5 veces el SMI. En estos casos, la cuantía de su prestación será del 70% de la base mínima de cotización, y no tendrán que pagar la cuota de cotización.

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