Endesa acepta invalidar el laudo de Pimentel que desbloqueó el convenio
Los sindicatos, excepto UGT, recurrieron el fallo ante la Audiencia Nacional
Endesa, CCOO, el Sindicato Independiente de la Energía (SIE) y la Confederación Intersindical Gallega (CIG) han acordado invalidar el laudo arbitral que la compañía usó como punto de partida para desbloquear el V Convenio Colectivo, atascado desde 2017, según informaron ayer las partes. Estas alcanzaron el acuerdo (que no afecta al actual convenio, que seguirá en vigor) durante el acto de conciliación previo al juicio por la demanda de los sindicatos contra el citado laudo. Este fue dictado por el exministro de Trabajo Manuel Pimentel, y los sindicatos siempre han considerado que iba “más allá de sus competencias”.
La batalla se agudizó a raíz de la sentencia dictada el año pasado por la Audiencia Nacional que dio la razón a Endesa y estableció que, una vez extinguido el convenio colectivo sin acuerdo, los beneficios sociales del personal jubilado vinculados al mismo quedaban extinguidos. La decisión fue recurrida ante el Tribunal Supremo por todos los sindicatos, excepto UGT, que aceptó el arbitraje encargado por la compañía a Pimentel.
CCOO reconoció ayer que el acuerdo alcanzado “es un importante paso”, que permite lograr el primer objetivo, pero advierte que “la batalla legal continúa”. En los próximos días, se reunirán con su gabinete jurídico “para decidir el camino a seguir”, señala el sindicato.
Los tres sindicatos opositores calificaron de “salomónico” el laudo dictado el pasado 22 de enero. El convenio así pactado, cuya medida más controvertida es la eliminación de la antigua tarifa para empleados y jubilados (casi 30.000 personas) y una serie de beneficios sociales históricos, fue impugnado también por CC OO, SIE y CIG ante el Ministerio de Trabajo. Los denunciantes consideraban que el fallo resolvía “puntos y materias no arbitrables” y que “incurría en indicios de ilegalidad”.
Entre otros, el laudo estableció la “derogación” de disposiciones referidas a beneficios y atenciones sociales en los “convenios de origen” que regulaban esa materia, así como su desarrollo posterior. La tarifa del empleado y el límite de consumo se recortó de forma considerable (desde un máximo de 30.000 kWh de consumo a 6.000 kWh, ahora, y sin término de potencia), lo que se sumó al recorte en ayudas de estudios (para trabajadores activos) o por hijos minusválidos.
Aunque el ministerio que dirige Yolanda Díaz pidió a la comisión negociadora del convenio algunas subsanaciones y que explicase ciertas contradicciones detectadas, finalmente, no lo impugnó y lo registró y publicó en el BOE, con lo que pudo entrar en vigor ya en plena pandemia.
Los sindicatos opuestos al convenio, contaban con dos vías de impugnación: la de la autoridad laboral y ante la Audiencia Nacional. En este último caso, tienen de plazo todo el periodo de vigencia del convenio, hasta 2023.
Por su parte, los sindicatos, la Asociación de Jubilados de Endesa y trabajadores a título individual presentaron en febrero un recurso ante la Audiencia contra el propio laudo, al margen del propio convenio. Es esta causa la que se ha resuelto esta semana tras el acuerdo entre la empresa y los sindicatos disidentes de anular el fallo.