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Los afectados por el Covid-19 podrán sacar parte del dinero de su plan de pensiones

Los desempleados o autónomos que hayan cerrado el negocio tendrán 6 meses de plazo

Un anciano en la calle el día en el que entra en vigor la limitación total de movimientos salvo de los trabajadores de actividades esenciales.
Un anciano en la calle el día en el que entra en vigor la limitación total de movimientos salvo de los trabajadores de actividades esenciales.Europa Press
Miguel Moreno Mendieta

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy que los trabajadores que se hayan quedado en situación de desempleo o que hayan sufrido el cese de actividad como consecuencia de la crisis del Covid-19 podrán disponer del ahorro acumulado en sus planes de pensiones.

Así lo ha anunciado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la vicepresidenta tercera, Nadia Calviño, en la que han detallado las nuevas medidas del plan de choque del Ejecutivo contra el impacto económica del Covid-19.

Según Calviño, la medida busca "contribuir a aliviar las necesidades de liquidez de los hogares". Así el Decreto Ley precisa que durante el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del estado de alarma, los partícipes de los planes de pensiones podrán, excepcionalmente, hacer efectivos sus derechos consolidados en los siguientes supuestos:

 a) Encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo derivado de la situación de crisis sanitaria .

b) Ser empresario titular de establecimientos cuya apertura al público se haya visto suspendida 

c) En el caso de los trabajadores por cuenta propia que hubieran estado previamente integrados en un régimen de la Seguridad Social como tales y hayan cesado en su actividad.

Además detalla que el importe de los derechos consolidados disponible no podrá ser superior a:

 a) Los salarios dejados de percibir mientras se mantenga la vigencia del expediente de regulación temporal de empleo.

b) Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la suspensión de apertura al público.

c) Los ingresos netos estimados que se hayan dejado de percibir mientras se mantenga la situación de crisis sanitaria.

 Los planes de pensiones son productos financieros diseñados para conseguir un ahorro extra que complete la pensión pública de jubilación. Los motivos por los que se pueden rescatar están tasados por la ley. El principal es haber alcanzado la edad legal de jubilación, pero además están contemplados otros supuestos especiales de liquidez, como estar en paro, estar en riesgo de deshaucio o sufrir una enfermedad grave. A estos, se añade ahora el haber sufrido el impacto económico del coronavirus.

Además, en 2015 se aprobó la posibilidad de que se recatara el dinero que había acumulado en un plan de pensiones a partir de los 10 años. Pero la medida solo podrá poder hacerse efectiva a partir de 2025.

El año pasado, los dueños de planes sacaron 240 millones de euros por estos supuestos especiales de liquidez. En los años más duros de la crisis se rozaron los 500 millones de retiradas.

A falta de conocer el detalle de la medida anunciada hoy, el borrador inicial contempla que la nueva posibilidad de rescate se podrá hacer efectiva durante seis meses, por un importe que no podrá superar el salario dejado de percibir mientras se mantenga la vigencia del ERTE o los ingresos netos estimados que se hayan dejado percibir por el cese de actividad o la suspensión de apertura al público del establecimiento.

En España hay algo más de 100.00 millones de euros acumulados en planes de pensiones individuales, planes de empleo y sectoriales. En total, hay cerca de ocho millones de españoles que tienen alguno de estos vehículos de previsión social complementaria.

Varias asociaciones de usuarios de banca y productos financieros habían reclamado al Gobierno la necesidad de articular fórmulas para que los afectados por el coronavirus pudieran disponer del dinero que tenían en planes de pensiones.

La medida aprobada también afectará a los planes de previsión asegurados (PPA), que es el equivalente a las pensiones privadas pero en formato de póliza de seguros, además de a los planes de previsión social empresarial y a las mutualidades de previsión social (como la Mutualidad de la Abogacía o Loreto, la mutualidad de los pilotos).

Sobre la firma

Miguel Moreno Mendieta
(Madrid, 1979) es licenciado en Derecho y Economía por la Universidad Carlos III. También cursó el Máster de Periodismo de El País. Se incorporó al periódico Cinco Días en 2006, tras pasar por la web de El País y Mi cartera de Inversión. Escribe sobre el sector financiero, con un foco especial en fondos de inversión y los seguros.

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