La Audiencia da la razón a Duro Felguera: no tendrá que pagar ahora 120 millones al Fisco
El grupo se ha enfrentado a la Agencia Tributaria y al Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC)
Duro Felguera ya tiene un alivio encima de la mesa en forma de sentencia. La Audiencia Nacional estima totalmente su recurso contra el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y que hará que no tenga que pagar, al menos de momento, unos 120 millones de euros en impuestos que le reclamaba la Agencia Tributaria.
A finales del pasado enero la Agencia Tributaria le exigió que pagara de inmediato esa cantidad millones por impuestos reclamados por una de sus filiales, Termocentro que opera en Venezuela aunque es española y de la que controla el 90%, según consta en el informe del segundo semestre del año pasado de la empresa. Incluso le notificó el embargo de inmuebles por esa deuda.
Todo se deriva de una inspección realizada en 2015 y que determina el abono al Fisco de esa cantidad por el Impuesto sobre Sociedades y otros tributos. La empresa que pilota como consejero delegado José María Orihuela desde finales de 2018 se ha defendido con uñas y dientes contra esa decisión y mantiene una disputa con la Agencia Tributaria ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC).
El fondo del problema radica en que Duro Felguera se aplicó en Termocentro la exención sobre las rentas procedentes del extranjero obtenidas por uniones temporales de empresas que operan fuera de España. El TEAC rechazó en noviembre de 2017 una propuesta de la compañía que consistía en aportar garantías inmobiliarias por importe de 29 millones de euros y en una dispensa parcial de garantía por el resto del importe (94 millones de euros). Es aquí donde la Audiencia le enmieda la plana al TEAC.
“El TEAC hizo precisamente lo que el Tribunal Supremo indica que no puede hacer, pues debió entrar en a fondo del asunto y estimar o desestimar el recurso. Ello dejando al margen la parquedad motivadora de la Resolución impugnada”, señala la compañía, que cita la sentencia, a la CNMV.
Así, "deberán anularse tanto la providencia de apremio como los embargos que recientemente notificó la Agencia Tributaria, quedando por tanto la deuda suspendida cautelarme mientras no se pronuncie el Tribunal".
Cierto que la sentencia se refiere solo a la solicitud de suspensión de la deuda derivada de la Inspección del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2010 a 2012, y no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto que dio lugar a dicha deuda Duro Felguera mantiene una reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Central contra el acuerdo de liquidación, que se encuentra en la actualidad pendiente de resoluciónen dicha vía administrativa.