Ayudas para mantener el empleo de unos 300.000 empleados fijos discontinuos del turismo
El BOE publica hoy esta nueva ayuda que rebaja el 50% las cotizaciones que pagan las empresas por estos trabajadores entre febrero y junio
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto de medidas urgentes para mitigar el impacto económicos del COVID-19, conocido como coronavirus. Entre estas medidas está la anticipación y ampliación de las bonificaciones de cotizaciones a la Seguridad Social que reciben las empresas relacionadas con el sector del turismo, para mantener los contratos fijos discontinuos de sus trabajadores durante las épocas de menor actividad.
En febrero pasado la Seguridad Social tenía registrados 360.957 fijos discontínuos, que en su mayoría están ligados al sector turístico, directa o indirectamente. Aunque también hay trabajadores de la agricultura y la industria alimentaria, que no estarían cubiertos por estas ayudas.
¿En qué consisten estas bonificaciones? Las empresas se reducen un 50% las cotizaciones que pagan por sus trabajadores siempre que "que inicien o mantengan" en alta en la Seguridad Social a dichos empleados con contratos "fijos discontínuos" durante los meses de "febrero, marzo, abril, mayo, junio".
Estas bonificaciones se podrán aplicar a todo tipo de contingencias por las que cotizan las empresas. Esto es: por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.
¿Qué tipo de empresas pueden acogerse a estas bonificaciones? Solo las compañías del sector privado, ninguna del público, que se dedique a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculadas a dicho sector del turismo, precisa hoy el BOE.
Estas ayudas a las cotizaciones de los fijos discontinuos serán de aplicación en todo el territorio nacional, salvo en las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias, durante los meses de febrero y marzo de 2020, donde será de aplicación, en esos dos meses, la bonificación establecida en el artículo 2 del Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook. Si bien pasados esos meses, las bonificaciones serán en los dos archipiélagos idénticas al del resto de España.
Hasta el 31 de diciembre pasado, estas bonificaciones existían para el mantenimiento de la actividad de los fijos discontinuos relacionados con el sector turístico directa o indirectamente en los meses de febrero, marzo y noviembre.