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Grecia gana la batalla judicial a los bonistas díscolos

El tribunal de Luxemburgo niega las indemnizaciones a quienes no aceptaron la quita

Un mitin político en Atenas.
Un mitin político en Atenas.Afp
CINCO DÍAS

Grecia ha ganado una importante disputa judicial frente a los bonistas que no aceptaron las condiciones de la quita de la deuda soberana del país mediterráneo, en el marco de su rescate por parte de la Unión Europea. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al Gobierno griego, que no tendrá que compensar estos bonistas díscolos (que tenían menos del 5% de toda la deuda pública helena). 

Tras el estallido de la crisis de la deuda pública griega en octubre de 2009, y con el fin de retornar a una situación financiera viable, Grecia se propuso efectuar una reestructuración de su deuda pública. Esto implicaba que los acreedores privados aceptaran condonar parte del dinero que habían prestado al país. 

El 2 de febrero de 2012, Grecia solicitó al Banco Central Europeo (BCE) un dictamen sobre un proyecto de ley relativo a las condiciones de reducción del importe de la deuda pública griega. En su solicitud, Grecia indicó que deseaba ampliar los efectos de un eventual acuerdo con cierto número de acreedores sobre un canje de títulos a los acreedores que no dieran su conformidad a dicho acuerdo. El BCE no formuló ninguna objeción contra la ley griega en trámite.

Tras la aprobación de la ley, los acreedores que poseían la gran mayoría (85,8%) de los títulos de deuda en cuestión aceptaron el canje propuesto, lo cual tuvo como consecuencia que, con arreglo a dicha ley, los acreedores que no habían dado su conformidad a ese canje se vieron obligados a participar en él.

El acuerdo con el grupo mayoritario de bonistas supuso la mayor quita de la historia, con un recorte a los acreedores privados del 52% que redujo la deuda griega en 107.000 millones de euros.

Ante esta situación, algunos de esos acreedores interpusieron un recurso de indemnización contra el BCE ante el Tribunal General de la Unión Europea (TJUE) para obtener la restitución de las pérdidas financieras que afirmaban haber sufrido debido a que, a su entender, el BCE no había advertido a Grecia sobre el carácter ilegal de la reestructuración de la deuda pública griega proyectada.

Mediante su sentencia dictada hoy, el Tribunal establece que la reestructuración de la deuda pública griega no entrañó una violación del principio del respeto de las obligaciones contractuales, puesto que la inversión en títulos de deuda soberana implica siempre el riesgo de un perjuicio patrimonial, dado el prolongado intervalo de tiempo que transcurre desde la emisión de los títulos de deuda, durante el cual existe el riesgo de imprevistos que limiten sustancialmente la capacidad financiera del Estado, emisor o garante de esos títulos, o que lleguen incluso a anular esa capacidad.

El TJUE también recuerda que ante una situación de colapso financiero un Estado tiene derecho a intentar renegociar esas obligaciones, invocandoque se han visto alteradas sustancialmente las circunstancias esenciales que justificaron la emisión de los bonos. Por eso, el Tribunal General desestima el recurso de indemnización.

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