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Ron cree positivo para su defensa el informe de los peritos sobre las cuentas de Popular

El juez del caso pide a las 103 acusaciones particulares que se agrupen en 10

Los abogados que defienden al expresidente de Banco Popular Ángel Ron, ante su imputación por delito de falsificación de las cuentas del banco durante su gestión, y por lo tanto de falsedad societaria y administración desleal en la ampliación de capital de 2016, consideran positivo para la defensa del exbanquero el informe de los dos peritos del Banco de España conocido el miércoles.

José Antonio Choclan y Javier Velasco Almendral mantienen que el informe “determina exactamente la causa de la resolución de Popular, la fuga de depósitos”. Los abogados de Ron afirman que el documento de los técnicos del Banco de España, Santiago Ruiz-Clavijo y Pablo Hernández, reconocen que “Popular era solvente”.

Los letrados añaden que estos peritos aseguran que “a diciembre de 2016, su patrimonio neto era de 11.088 millones de euros y tenía capacidad de generación recurrente de beneficios antes de provisiones entorno a 1.150 millones”.

Otros abogados de pequeños accionistas, sin embargo, entienden que este informe da la razón a sus clientes, al reconocer que las cuentas del banco recogidas en el folleto de la ampliación de capital entregado a los inversores en mayo de 2016 “no respetaban determinados aspectos de la normativa”. Los inversores de Popular, 350.000 accionistas y bonistas, perdieron su dinero en la entidad tras su resolución por parte de la Junta Única de Resolución (JUR) el 6 de junio de 2017.

Alegaciones en cinco días  

Mientras, el juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso de Popular, José Luis Calama, ha dictado un auto en el que da un plazo de cinco días a las 103 acusaciones particulares para que presenten alegaciones de cara a agruparlas en un máximo de diez para garantizar el procedimiento sin dilaciones.

En la resolución, Calama explica que el artículo 109.2 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre pluralidad de víctimas y la racionalización del poder de postulación condiciona su aplicación a asegurar el buen orden del proceso y el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas. En el presente caso, ya de por sí complejo, dice, se cumplen ambas circunstancias, pues a fecha de hoy existen más de cien procuradores asumiendo la representación procesal de los presuntos perjudicados (103), aparte de los que representan a los querellados (19) y a la acusación popular.

“Resulta evidente que la instrucción de la presente causa, con tal número de representaciones, está abocada a ser ingobernable, desde un punto de vista procesal. Por ello, se impone la racionalización del poder de postulación de las acusaciones particulares, agrupándolas en un número determinado de representaciones y defensas. Con ello se coadyuva a que no se lesionen derechos de rango constitucional como el de la tutela judicial efectiva”, afirma el magistrado.

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