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Merlin incumple un criterio fiscal de las socimis por los ingresos extraordinarios

La sociedad superó el 20% de ingresos no operativos por la venta de su participación de Testa a Blackstone por 321 millones

Pablo Monge

Merlin Properties incumplió el pasado año uno de los criterios exigidos en la norma que desarrolla el régimen fiscal de las socimis. Concretamente, la inmobiliaria cotizada en el Ibex 35 quebró el principio de que el 80% de sus rentas procediesen de los alquileres de sus edificios, debido a que en 2018 tuvo ingresos extraordinarios bastante relevantes, según reconoce la propia firma en sus cuentas anuales. Aún así, este incumplimiento no tiene consecuencias si en 2019 vuelve a respetar la regla.

En el apartado de riesgos de su memoria, la empresa reconoce que como riesgo fiscal no cumple el apartado llamado test de rentas, uno de los requisitos del régimen de las socimis, exigido por la Dirección General de Tributos.

“Este incumplimiento es, en opinión de los administradores, una situación excepcional provocada principalmente por el resultado obtenido por el grupo en la venta de la participación en Testa Residencial”, se explica en las cuentas. Aunque en el mismo documento recoge que el artículo 8 de la Ley de las socimis, permite la subsanación de este tipo de incumplimiento. “Los administradores estiman que es altamente probable que el grupo cumpla en 2019 con el nivel exigido por la ley en relación con el test de rentas”, se apunta en las cuentas.

No es la primera vez que Merlin no cumple esta regla de los test de rentas. Ya en 2016 superó la proporción de ingresos extraordinarios por la venta de una cartera de hoteles a la socimi francesa Foncière des Murs. Sin embargo, al año siguiente regularizó la situación al aprobar el test de rentas.

En cambio, en 2018 los ingresos extraordinarios llegaron por la venta de su participación en la socimi Testa Residencial a Blackstone, por 321 millones. En cambio, su facturación por alquileres fue de 499 millones. Esta regla solo se aplica con activos que estén en posesión de la empresa por menos de tres años. Desde la socimi se explica que en 2019 no hay peligro de saltarse esta regla ya que no tienen previsto vender ningún conjunto relevante de inmuebles que lleve menos de tres años en su cartera.

Sobre la firma

Alfonso Simón Ruiz
Graduado en Economía y máster de Periodismo UAM / EL País. En Cinco Días desde 2007. Redactor especializado en información empresarial, especialmente sobre el mercado inmobiliario, operaciones urbanísticas y, también, sobre la industria farmacéutica y compañías sanitarias.

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