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Europa exige a la banca que informe a sus clientes de cómo les afectará el Brexit

Las entidades deben trabajar en un escenario sin acuerdo entre Reino Unido y la UE en marzo de 2019

Banderas de la UE y de Reino Unido con el Parlamento británico de fondo.
Banderas de la UE y de Reino Unido con el Parlamento británico de fondo. Reuters

El coordinador de los supervisores europeos de los mercados de valores, ESMA, ha publicado hoy una nota en la que recuerda que los intermediarios financieros deben informar puntual y claramente a sus clientes del impacto que tendrá  la salida de Reino Unido de la Unión Europea en los servicios que prestan.

El acuerdo de la primera ministra británica Theresa May y la UE para un Brexit  pactado y con un periodo de gracia todavía no ha sido ratificado por Londres. Así, ESMA señala que, ante la falta de garantías de que exista un periodo de transición hasta diciembre de 2020, como incluye la propuesta actual, las firmas que prestan servicios de inversión (bancos, agencias y sociedades de valores) y gestoras de todo tipo deben estar preparadas para un escenario de ruptura por las bravas el próximo 30 de marzo.

El supervisor europeo sentencia que ha realizado un análisis sobre la preparación de las entidades a las que les afectará el Brexit. "A la luz de estas observaciones, ESMA considera que existe la necesidad de recordar a las entidades relevantes de que finalicen y pongan en marcha los planes adecuados para mitigar los riesgos del Brexit en tiempo y forma y de que tienen que avisar de forma apropiada a los clientes", sentencia el organismo en un comunicado. 

Las firmas afectadas son las británicas que prestan servicios en la UE, directamente o a través de una filial, y también cualquiera de las que operan en los 27 países que permanecerán en la Unión  y que actúan en Reino Unido. Las entidades deberán asegurarse de que informan claramente a los clientes de la forma más rápida posible. 

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Son cuatro los puntos sobre los que deben informar. Primero, el impacto de la marcha de Reino Unido en cada uno de los clientes, teniendo en cuenta los servicios que presta a cada uno de ellos. Segundo, deberán comunicar qué medidas está tomando, como eventuales fórmulas de información a los usuarios (preguntas frecuentes, teléfonos de contacto, por ejemplo), los cambios legales que implicará el Brexit, así como modificaciones en los escudos regulatorios, como el uso del fondo de garantía de inversiones.

La tercera cuestión es informar de los cambios legales de eventuales reorganizaciones corporativas. "En particular, cualquier cambio relevante en los términos contractuales debe comunicarse y explicarse claramente", sentencia. La cuarta cuestión es la relativa a los  derechos de los clientes. "Las empresas deben proporcionar información sobre cualquier derecho contractual y legal de los clientes", afirma.

ESMA concluye que cualquier comunicación a los clientes debe ser clara y en un lenguaje sencillo y además no debe provocar una "preocupación indebida". El coordinador y las autoridades nacionales, como la CNMV española, seguirá vigilando la situación de las entidades afectadas por el Brexit. 

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