Todo lo que la Administración estará obligada a contar al ciudadano (y en cuánto tiempo)
Hacienda quiere aprobar el reglamento de la Ley de Transparencia antes del verano Los particulares podrán saber qué datos conoce el Estado de ellos
Desde el año 2014, momento en el que entró en vigor la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, el Ejecutivo se ha puesto como objetivo abrir un canal de acceso permanente a la información que generan las Administraciones Públicas y las sociedades que operan con ellas.
Desde entonces, opera el Portal de la Transparencia, una plataforma a la que pueden acceder todos los ciudadanos y solicitar a la Administración la información que deseen relativa al funcionamiento del Estado, ya que la norma establece como principio fundamental la obligación de las instituciones públicas a rendir cuentas de su actuación.
Fuentes de Hacienda explican que ya se ha elaborado el borrador del reglamento que desarrollará la norma. El texto será sometido a información pública a lo largo de todo este mes de mayo, por lo que esperan que pueda ser aprobado definitivamente antes de verano. Tal y como recuerda el texto de dicho borrador, “el desarrollo reglamentario de la ley constituye un escalón imprescindible para facilitar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y favorecer el ejercicio del derecho de acceso por los interesados con las máximas garantías”.
Menos trámites
El reglamento determina qué asuntos deberán publicarse en el portal, en qué plazos y con qué periodicidad serán actualizados. Además, la norma introduce toda una serie de previsiones con el fin de simplificar y agilizar el procedimiento de acceso a la información. Al mismo tiempo, establecerá de manera restrictiva los límites y las causas de inadmisión previstas en la ley. “Dicho de otra manera, serán las menos las situaciones o supuestos por los que se le podrá decir que no a un ciudadano que solicite determinados datos”, explican desde el departamento que dirige Cristóbal Montoro.
El reglamento establece, entre otras actuaciones, que la obligación de rendir cuentas será ampliable a las personas físicas o jurídicas (empresas) que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas. Entre la información que podrá ser solicitada se incluye toda aquella cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad.
Se refiere, entre otras, a toda clase de datos de carácter económico, presupuestario y financiero. También se podrá pedir información relativa a los contratos públicos o aquella relativa a subvenciones y ayudas financiadas con el presupuesto. Y, por supuesto, será de libre acceso para la ciudadanía la información sobre los bienes inmuebles que sean propiedad de la Administración General del Estado.
En lo relativo a los plazos, el reglamento decreta que la información solicitada se facilite en el plazo de 10 días desde la fecha de su requerimiento y siempre de forma clara y en un lenguaje sencillo y comprensible para los ciudadanos.
Dentro del objetivo de mejorar la transparencia, también se enmarca el proyecto de carpeta ciudadana. Con él se pretende que el contribuyente conozca toda la información que dispone la Administración de él y qué órgano o institución pública la consulta y con qué fin. Será como saber qué conoce el Gran Hermano de cada uno.
Algunas claves del proyecto
Normativa. Otro de los hitos previstos por el reglamento de la Ley de Transparencia es la publicación de los anteproyectos de ley y proyectos de reales decretos legislativos, así como órdenes ministeriales que tengan carácter reglamentario y sus correspondientes memorias de análisis del impacto normativo.
Salarios. En el primer trimestre de cada año se hará efectiva la publicidad de las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de la Administración General del Estado.
Balance de datos. El Portal de la Transparencia inició su andadura en 2014 con 500.000 datos. Cuatro años después los ha multiplicado por seis, con 3.050.000 datos a 31 de marzo pasado.