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Todas las claves y novedades de la campaña de la renta 2017-2018

Los autónomos son el colectivo más favorecido por cambios normativos Casi 20 millones de contribuyentes están llamados a rendir cuentas desde hoy

Contribuyentes en una sede de la Agencia Tributaria en Madrid durante la Campaña de Renta.
Contribuyentes en una sede de la Agencia Tributaria en Madrid durante la Campaña de Renta.Efe

Llega la hora de pasar cuentas con Hacienda. Este 4 de abril se inicia la Campaña de la Renta 2017, en el que casi 20 millones de españoles están llamados a presentar su declaración. Los rendimientos del trabajo (salarios, pensiones, prestaciones de desempleo o beneficios de los autónomos) tributan en el IRPF y también las rentas del ahorro y las plusvalías como las ganancias por la venta de acciones, los intereses de una cuenta corriente o el beneficio al vender una vivienda.

Normativamente no se han producido cambios de calado en un impuesto que se reformó en profundidad en 2015, cuando se rebajaron los tipos y los tramos. Las modificaciones más relevantes están relacionadas con la gestión del impuesto. Por ejemplo, este año se ha puesto en marcha por primera vez una aplicación móvil que permite presentar la declaración en un solo clic.

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Desde el pasado 15 de marzo, los usuarios de Apple y Android pueden bajarse la aplicación. Una vez descargada la aplicación, el usuario deberá identificarse. Para ello, será necesario que el usuario obtenga un número de referencia, que se puede lograr a través de un certificado electrónico o la clave PIN. La mayoría de contribuyentes, sin embargo, no tienen acceso a estas vías. En este caso, deberán indicar su DNI, la fecha de caducidad y la casilla 450 de la declaración del ejercicio anterior 2016. Con estos datos, la aplicación ya reconocerá al contribuyente y podrá empezar a interactuar con la aplicación. En cualquier caso, los expertos desaconsejan que los contribuyentes que pueden descargarse el borrador en la aplicación presenten la declaración sin revisar a fondo los datos facilitados por Hacienda. Y esto es así porque es posible que la información que tenga Hacienda del contribuyente no sea del todo correcta –algo cada vez más raro- o sea incompleta, algo más habitual.

La Agencia Tributaria calcula que 4,8 millones de contribuyentes podrán presentar a partir del 4 de abril su declaración de la renta a través de la aplicación. En este colectivo, se encuentran los contribuyentes con declaraciones más sencillas. El resto de contribuyentes, accederán también a su borrador y la Agencia Tributaria le redigirá a Renta Web para que realice las modificaciones pertinentes o aporte más información. Una vez realizado este trámite, puede volver a la app y presentar su declaración. O puede realizarla a través de Renta Web, que es la opción que elegirá la mayoría.

Hoy se inicia la Campaña de la Renta y esto significa que los contribuyentes que quieran pueden presentar la declaración a través de la aplicación o por vía telemática. La campaña de la renta durará hasta el 2 de julio. A partir del 8 de mayo el contribuyente puede pedir cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para que le confeccione su declaración de Renta 2017 y a partir del 10 de mayo empieza la atención a los contribuyentes en las oficinas.

El 27 de junio es la fecha límite para declaraciones de renta y patrimonio 2017 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. La Campaña de Renta finaliza el 2 de julio.

La declaración puede tener un resultado positivo (a pagar) o negativo (a devolver). El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se articula a través de las retenciones. Los asalariados les retiene su empresa una parte de su sueldo en concepto de adelanto del impuesto. Si las retenciones realizadas a lo largo del año superan el resultado de la declaración es cuando sale a devolver. Si sale a pagar, significa que las retenciones son inferiores a la cuota resultante de la declaración.

Para los trabajadores por cuenta propia sí hay novedades en el IRPF, que derivan de la aprobación de la Ley Urgente del Trabajo Autónomo a finales del año pasado. Hacienda clarificó con un regla objetiva cómo puede el autónomo que trabaja en casa desgravarse los suministros del hogar. En concreto, la legislación establece que será deducible "el resultado de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior". En este simulador puede comprobar qué porcentaje puede aplicarse en función de su situación:

¿Qué porcentaje de los suministros puede deducirse el autónomo que trabaja en casa?

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