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La Justicia europea se pronuncia: no hubo ayudas de estado a la TDT en España

Da la razón al Reino de España frente a Bruselas Evita una guerra judicial entre administraciones y concesionarios

Santiago Millán Alonso

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado la decisión de la Comisión Europa por la que se ordenaba recuperar la ayuda estatal concedida por España a los operadores de la plataforma de televisión digital terrestre (TDT), al haberlas declarado ilegales. De esta forma, falla a favor del Reino de España al considerar que no hubo ayudas de Estado.

De esta forma, se cierra un proceso que ha durado casi una década. En comunicado, al Tribunal recuerda que entre 2005 y 2009, las autoridades españolas adoptaron una serie de medidas para permitir la transición de la televisión analógica a la digital. Los radiodifusores nacionales tenían la obligación de cubrir el 96 % de la población, en el caso del sector privado, y el 98 % de la población, en el caso del sector público, en sus respectivos ámbitos territoriales. El territorio se dividió en tres zonas. En total se invirtieron en la extensión de la cobertura a la zona II cerca de 163 millones de euros procedentes del presupuesto central, y unos 60 millones de los presupuestos de las 16 Comunidades Autónomas afectadas. Por otro lado, los ayuntamientos financiaron la extensión con 3,5 millones, mientras que el importe de los fondos concedidos para la explotación y el mantenimiento de la red en los años 2009-2011 fue de al menos 32,7 millones.

En junio de 2013, a raíz de una denuncia presentada por el operador de satélites SES Astra, la CE, entonces presidida por José Manuel Durao Barroso, adoptó una decisión por la que declaraba ilegal e incompatible con el mercado interior la ayuda concedida a los operadores de la plataforma de televisión terrestre para el despliegue, el mantenimiento y la explotación de la red de televisión digital terrestre en la zona II en el conjunto del territorio español, con excepción de Castilla-La Mancha. En la misma decisión, se ordenaba a España que se recuperase de sus beneficiarios la ayuda recibida.

En diversas sentencias publicadas el 26 de noviembre de 2015, el Tribunal General de la UE desestimó todos los recursos y confirmó la decisión de la CE, considerando que las medidas adoptadas por las autoridades españolas no respetaban el principio de neutralidad tecnológica.

Ante esa decisión, España, las comunidades autónomas afectadas y los operadores de TDT recurrieron en casación ante el Tribunal de Justicia, solicitando la anulación de las sentencias del Tribunal General. En sus sentencias dictadas este miércoles, el Tribunal de Justicia desestima los recursos de casación en los asuntos acumulados del Reino de España, País Vasco, Cataluña, Navarra y Cellnex pero en su sentencia sobre Galicia y Retegal ha decidido anular la decisión de Bruselas por insuficiencia de motivación.

En el recurso de Galicia y Retegal se critica al Tribunal General por haber confirmado el análisis de la CE sobre el carácter selectivo de la medida controvertida y alegan que la motivación expuesta por Bruselas a este respecto era insuficiente.

Lo cierto es que la decisión de la Justicia Europea evita un amplio conflicto judicial entre administraciones públicas y concesionarias. Con una sentencia en sentido contrario, las administraciones habrían tenido que reclamar la devolución de las ayudas. En sentido contrario, los concesionarios habrían demandado a las administraciones por daño patrimonial y habrían exigido el pago de una indemnización. Fuentes del sector recuerdan que las concesionarias de TDT acudieron “de buena fe” a los concursos convocados por los organismos públicos.

Otras fuentes del sector creen que esta sentencia le interesaba a la CE pese a ser en contra, precisamente para evitar este conflicto judicial.

Sobre la firma

Santiago Millán Alonso
Es periodista de la sección de Empresas, especializado en Telecomunicaciones y Tecnología. Ha trabajado, a lo largo de su carrera, en medios de comunicación como El Economista, El Boletín y Cinco Días.

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