CEOE pide que se permita recuperar el IVA pagado y no cobrado pasados 90 días
Propone una enmienda en el marco de la reforma de la Ley de Morosidad El plazo actual para exigir el reintegro del tributo es de un año
Recuperar el IVA que una empresa ha ingresado en la Agencia Tributaria pero que no ha cobrado es uno de los problemas típicos a los que se enfrentan las compañías en la gestión del principal impuesto indirecto. La legislación actual establece que una empresa podrá solicitar el reintegro de un IVA pagado y no cobrado transcurrido un año desde el devengo del impuesto sin que se haya obtenido el cobro total o parcial. El plazo en el caso de las pymes es de seis meses.
CEOE ha propuesto a los partidos políticos del Congreso de los Diputados rebajar el período para reclamar el IVA pagado y no cobrado a 90 días. En concreto, plantea que esta medida se incluya como una enmienda durante la próxima tramitación de la Proposición de Ley presentada por Ciudadanos de refuerzo de la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El exdiputado Josep Sánchez Llibre, que actualmente se encarga de las relaciones entre CEOE y el Congreso, ha sido el responsable de presentar la iniciativa a todos los grupos parlamentarios. La patronal confía en que su propuesta será bien recibida porque es positiva para la economía. La patronal considera que la dificultad para recuperar el IVA supone un doble perjuicio para el acreedor que no solo se encuentra que tiene facturas pendientes de cobro sino que, además, tiene que hacer frente al pago del impuesto indirecto.
El IVA es un tributo que grava el consumo final y que, en teoría, es neutral para las empresas. Sin embargo, ello no es así. En una operación entre dos empresas, la compañía que actúa como clientes soporta un IVA que podrá deducirse y el proveedor es el encargado de ingresar el impuesto en Hacienda. Por lo tanto, el resultado debería ser neutro. Sin embargo, ello no se cumple en muchas ocasiones. Cuando una empresa paga tarde una factura, el proveedor se encuentra en que debe ingresar el IVA de esa factura. Y si finalmente queda impagada, el proceso de recuperación es tortuoso.
CEOE propone no solo acortar los plazos, sino también agilizar los trámites para solicitar el reintegro. Los problemas generados por el IVA no cobrado se multiplicaron durante la crisis económica, cuando se disparó la morosidad en el sector privado y también en el público. De hecho, los problemas de tesorería derivados de haber ingresado un IVA que no se ha cobrado son especialmente sangrantes si el que paga tarde y mal es una Administración pública.
La legislación vigente contempla un período legal máximo de pago de 60 días para las empresas y de 30 días para la Administración. Es habitual sobrepasar estos límites, aunque la morosidad se ha reducido en los últimos años.
La propuesta de CEOE se ve con buenos ojos en el Ministerio de Hacienda y más en un contexto en el que la recaudación tributaria avanza a buen ritmo. España cerrará este año con un déficit público del 3%y cumplirá el objetivo de estabilidad.
Una de las medidas que ya adoptó el Gobierno para mitigar los perjuicios de la morosidad fue establecer el llamado IVA de caja a partir del año 2014. Un mecanismo por el cual las empresas pueden pagar el IVA en el momento de cobrar la factura y no cuando se emite. A pesar de que la medida fue ampliamente publicitada por el Gobierno y reclamada por las empresas, no tuvo el efecto que se esperaba.
La posibilidad de acogerse al IVA de caja se fijó para pymes con una facturación inferior a dos millones de euros. En principio, los beneficiarios potenciales ascendían a 2,3 millones, sin embargo, solo 21.569 contribuyentes se adhirieron. Menos del 1%. Los datos corresponden a 2014, el único año en el que Hacienda informó de esta estadística.
Para entender el fracaso de esta medida hay que tener en cuenta que el IVAde caja supone que las empresas no ingresan el IVA hasta cobrar la factura. Esa es la parte positiva. Pero también significa que no puede deducirse el IVA soportado hasta pagar sus facturas.
Por otra parte, las grandes empresas mostraron su preferencia por operar con proveedores que no aplicaran el nuevo régimen. Ello es así porque si una gran compañía realiza una compra a una pyme acogida al IVA de caja no podrá deducirse el impuesto hasta abonar la factura, lo que genera un coste financiero.
Todo ello, unido a nuevas obligaciones formales para las empresas adheridas al nuevo régimen explica que el IVA de caja no cumpliera con las expectativas. CEOE confía en que acortar el período para reclamar el IVA no cobrado resulte una medida más efectiva.
Mayor agilidad en las devoluciones
El Gobierno puso en marcha en julio pasado el nuevo proyecto del SII (Suministro Inmediato de Información) que obliga a enviar en tiempo casi real a Hacienda el detalle de las facturas emitidas y recibidas por una empresa. La medida afecta principalmente a grandes compañías, que son aquellas que facturan más de seis millones de euros. CEOE mostró su rechazo por la precipitación en la aplicación del SII y denunció el poco margen que han tenido las empresas para cumplir con las exigencias de informar del IVA en el plazo de ocho días. A partir del próximo año serán cuatro.
La Agencia Tributaria asegura que los beneficios del SIIsuperan los posibles inconvenientes y este viernes informó de que el nuevo modelo ha permitido reducir en 12 días los plazos medios de devolución del IVA. “El SII no es simplemente una herramienta para el control tributario, sino también una herramienta que favorece la liquidez de las empresas y mejora la gestión del impuesto, dado que permite reforzar sus procesos internos de facturación y contabilidad”, señaló Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria. Los últimos datos de Hacienda reflejan que a principios de noviembre, el fisco recibió información de más de 1.100 millones de facturas a través del SII que suman 950.000 millones.