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Administradores concursales piden endurecer las condiciones para ejercer su profesión

Aseguran que con su propuesta pasarían de 22.000 a 300 profesionales La asociación ha remitido a Guindos y al Congreso sus peticiones

Luis Martín, presidente de la Asociación de Administradores Concursales (ASPAC)
Luis Martín, presidente de la Asociación de Administradores Concursales (ASPAC)

La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) ha presentado una serie de alegaciones a la futura directiva de la Comisión Europea sobre insolvencia que prepara Europa para intentar homogeneizar las diferentes normas existentes en Europa para dar una segunda oportunidad a las empresas antes de entrar en un proceso de concurso de acreedores. Entre estas alegaciones destaca la de la regulación de esta profesión, según explica fuentes de la asociación.

La ASPAC, de hecho, ha remitido en las últimas semanas sus propuestas a Economía y a representantes del Congreso de los Diputados con el objetivo de que tengan en cuenta sus reivindicaciones en el desarrollo reglamentario que debe aún aprobarse en España.

El objetivo de esta asociación es endurecer los requisitos para ejercer de administrador concursal. Además, pretende que se regulen también los sistemas de retribución.

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El presidente de ASPAC, Luis Martín, mantiene que en España existen demasiados administradores concursales, unos 22.000 profesionales. Considera, sin embargo, “que si tuvieran que cumplir los requisitos que proponemos solo podrían ejercer esta profesión unos 300 administradores concursales”, asegura; para añadir “unos 10.000 administradores nunca han visto un concurso de acreedores”.

ASPAC pretende que España se anticipe a la entrada en vigor de la directiva europea, en la que en sus actuales artículos 25 y 26 de la propuesta se establece que los Estados miembros “deberán garantizar que los administradores concursales designados para abordar las cuestiones relativas a la reestructuración, la insolvencia y la segunda oportunidad, “reciban la formación inicial y complementaria necesaria para garantizar que sus servicios se presten de forma eficaz, imparcial, independiente y competente en relación con las partes”.

La asociación considera, además, que cada país debe “velar por que el procedimiento en el nombramiento, la revocación y la dimisión de los administradores concursales sea claro, predecible y justo, que sus condiciones de admisibilidad sean también claras y transparentes, igual que los criterios que utilice el órgano jurisdiccional para dicho nombramiento. Por ello, para seleccionar a un administrador concursal deberán tenerse debidamente en cuenta sus conocimientos y experiencia”.

ASPAC, que no es la primera vez que presenta sus propuestas a Economía y Justicia, reclama que para ser administrador concursal solo podrán inscribirse en el registro público los titulados universitarios en la rama jurídica o económica, acreditar al menos cinco años de experiencia profesional como abogado s o economistas colegiados, haber superado el examen de aptitud profesional y acreditar la cobertura de la responsabilidad civil mediante un contrato de seguros o garantía equivalente.

En su propuesta clasifican los concursos por tamaño a efectos de la designación de la administración concursal. Así, distinguen entre concursos de tamaño pequeño, medio y grande. Si existen dudas sobre el tamaño del concurso será el juez quien decida sobre su clasificación.

Otras claves

El próximo 7 de noviembre termina el plazo para remitir a la Comisión Europea las alegaciones al proyecto de directiva sobre insolvencias.

 La asociación de administradores concursales asegura que exiten muchos falsos mitos sobre esta profesión. Y afirma que estos profesionales “no cobran en el 40% de los concursos porque son sin masa”.

La ASPAC afirma que “no es cierto que los administradores concursales tengan honorarios muy altos”. También es falso “que queramos alargar los concursos”.

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