Europa prepara medidas para facilitar a las pymes el traslado de país
Habilitarán un procedimiento simplificado, mucho menos costoso Los notarios piden una directiva que evite que haya más de una sede para evitar el fraude
La Comisión Europea presentará este noviembre un paquete legislativo en materia de sociedades, en el que está previsto que se incluyan medidas para que las pymes puedan trasladar su sede de un país a otro de la UE mediante un procedimiento simplificado. Así lo explicó este viernes Susanne Knöfel, jefe adjunto de la Unidad de Derecho de Sociedades de la Comisión Europea, quien señaló en el congreso de notarios europeos que se celebra estos días en Santiago de Compostela que están trabajando en un paquete de derecho mercantil que quiere incluir medidas para facilitar este proceso a las pymes “porque no pueden permitirse asesoramiento jurídico y porque las soluciones alternativas actuales (crear una filial en otro país y luego fusionar matriz y filial en el nuevo país) son muy caras para ellas”.
La medida forma parte de un paquete más amplio que regulará las condiciones armonizadas para que las empresas puedan trasladar sus sedes en el espacio comunitario y poner fin a las incertidumbres jurídicas actuales, después de que en más de 20 años no haya prosperado la aprobación de ningún texto normativo referido a este asunto y de que el brexit haya puesto este debate en la primera línea.
En el mismo acto, la eurodiputada Evelyn Regner instó a la Comisión a legislar con urgencia sobre este asunto, porque la ausencia de una directiva de derecho mercantil, dijo, está provocando “una competencia enorme entre legislaciones mercantiles nacionales” y está permitiendo graves abusos, “como destaparon los Papeles de Panamá”. Regner, que insistió en que legislar sobre este tema es básico porque las empresas “deben seguir a sus clientes”, pidió a la UE que prohíba en la nueva directiva la creación de “empresas buzón” o “sociedades pantalla”.
Igualmente, los notarios reunidos en la ciudad gallega urgieron este viernes a que se cree un sistema legal armonizado en Europa para el traslado transnacional del domicilio social de las empresas, dado que la legislación que regula la domiciliación societaria no es la misma en los 28 Estados miembros, y en ocasiones es contradictoria. Isidoro Antonio Calvo Vidal, notario y coordinador del congreso, aseguró que “hace falta un estándar europeo que nos permita jugar a todos con las mismas reglas. Eso redundaría en una mejor y más leal competencia entre aquellos destinos que pugnan por ofrecerse para las sedes de las compañías europeas”.
En este contexto, Jens Bormann, presidente de la Cámara Federal del Notariado alemán, defendió que cualquier regulación que se haga tendría que cumplir tres requisitos. El primero, que esté armonizado con la directiva de fusiones transfronterizas de 2005. El segundo, que obligue al escrutinio en dos fases. Es decir, que haya un doble control de autoridad, en los que participarían los notarios. El primero deberá verificar, con la legislación del Estado de salida, que la empresa que se marcha ha cumplido con todos sus compromisos cuando abandona el país y, el segundo, y con la legislación del Estado de llegada, que la sociedad se ha adaptado a los esquemas previstos por su legislación. “Lo bueno de la presencia notarial es que nosotros tenemos sistemas de cooperación que nos permiten conocer las diferentes legislaciones y ayudar a las empresas en este proceso”, defendió Calvo Vidal.
Por último, Bormann señaló que la directiva no debería permitir que una empresa pueda mover solo el domicilio registral. Es decir, que “haga un traslado ficticio de sede”. En este sentido, el presidente de la Cámara del Notariado alemán defendió el principio de la unidad de sede y de hacerlo compatible con la libertad de elección (la línea que parece va a seguir la Comisión Europea en su regulación). El objetivo es evitar que los cambios de sedes no respondan a necesidades económicas reales sino que sea una vía para el blanqueo de capitales y la elusión fiscal.
Otras voces, en cambio, plantearon una opción más flexible: que baste con algún tipo de vinculación, especialmente económica, de la sociedad al Estado al que quiere trasladar su sede.
Sobre este punto, Calvo Vidal resaltó que la directiva deberá proteger los intereses de cada uno de los Estados. Pero también los intereses de los socios (especialmente los minoritarios), que deberán tener un derecho de salida; los de los trabajadores (no se podrá utilizar el traslado de sede para vulnerar los derechos adquiridos), y los de los acreedores, estableciendo por ejemplo un derecho de oposición.