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Cuatro libros que debe llevar el autónomo en relación con el IVA

Estos son el libro de facturas expedidas, el libro de facturas recibidas, el libro de bienes de inversión y el libro de operaciones intracomunitarias.

La recaudación del IVA es un procedimiento obligatorio para integrantes del colectivo de los autónomos. Al respecto, son cuatro los registros exigidos por la normativa: el libro de facturas expedidas, el libro de facturas recibidas, el libro de bienes de inversión y el libro de operaciones intracomunitarias.

En el primer caso, se trata de un registro que permite determinar para cada periodo impositivo el importe total del IVA que el sujeto pasivo haya repercutido a sus clientes.

Por su parte, el libro de facturas recibidas facilita organizar, para cada periodo impositivo, el importe total del IVA soportado por el sujeto pasivo por sus adquisiciones o importaciones de bienes o por los servicios recibidos.

En el caso del libro de bienes de inversión, su finalidad es regularizar las deducciones por bienes de inversión. Por ultimo, el libro de operaciones intracomunitarias permite que el autónomo fije para cada periodo impositivo la situación de los bienes a que se refieren las operaciones reflejadas, en tanto no tenga lugar el devengo de las entregas o adquisiciones intracomunitarias.

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Para generar correctamente estos libros es necesario registrar datos concretos en cada uno de ellos. Como criterio general, en el libro de facturas expedidas hay que incluir cada factura así como, en cada uno de estos documentos, el número, serie, fecha de expedición, fecha de realización de la operación.

También se debe incluir el nombre, apellidos, razón social o denominación completa y NIF del destinatario. Por último, la base imponible de la operación, tipo impositivo, cuota tributaria y si la operación se ha efectuado conforme al régimen especial del criterio de caja. Estos datos deberán incluirse también en el libro de registro de facturas recibidas.

Por su parte, el libro registro de bienes de inversión incluye aquellos bienes adquiridos por el sujeto pasivo calificados como de inversión y los datos suficientes para identificar de forma precisa las facturas y documentos de aduanas, correspondientes a cada uno de los bienes de inversión anotados. También hay que establecer el estado miembro de origen o destino de los bienes.

Finalmente, el libro registro de operaciones intracomunitarias conlleva la inclusión de la fecha de las misma sasí como la descripción de los bienes objeto de la operación con referencia, en su caso, a su factura de adquisición o título de posesión.

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