_
_
_
_

Economía valora aplazar seis meses la entrada en vigor de la nueva regulación financiera

Guindos, proclive a dar un margen ante el retraso en la trasposición Los cambios introducidos en la norma española obligan a modificar la operativa

Luis de Guindos, ministro de Economía.
Luis de Guindos, ministro de Economía. Efe

El Ministerio de Economía valora aplazar seis meses los puntos clave de Mifid 2, la norma europea para que los mercados europeos funcionen mejor, según fuentes conocedoras de las negociaciones entre el sector afectado: bancos, fondos de inversión, intermediarios e infraestructuras. Un portavoz de Economía explica que no se ha tomado ninguna decisión al respecto.

La reforma de la Ley del Mercado de Valores que traspone la directiva está en proceso de redacción, tras recibir las peticiones del sector hasta el 18 de septiembre. Después pasará al Consejo de Estado y a continuación irá al Parlamento. A duras penas tendrá luz verde antes de fin de año, pese a que debe entrar en vigor en enero.

El plazo programado para que todos los países de la UE tuvieran listas sus normativas finalizó el pasado 3 de julio. La directiva europea se aprobó en mayo de 2014.

El borrador español incluye un plazo de seis meses para que las entidades “adapten sus estatutos, programas de actividades y reglamentos internos” a partir de la entrada en vigor. El anteproyecto diseñado por Economía es el más duro de toda Europa, pues no solo cierra la puerta a un cuarto supuesto para que los comercializadores de fondos puedan recibir incentivos sino que cierra la lista de las posibilidades, cuando en la directiva está abierta.

La CNMV cerrará la puerta trasera

 

Las dificultades de la banca para embolsarse incentivos por la venta de fondos tenían en principio una solución expeditiva. La directiva permite que se vendan productos exclusivamente propios si la gestora no cede nada de su comisión. Para las grandes firmas españolas no hubiera tenido ningún efecto, pues pertenecen o pertenecerán a sus bancos al 100%.

El supervisor lo impedirá: “El fondo económico sería el mismo, ya que el banco prestaría a la gestora el servicio de distribución de sus fondos, que, en lugar de abonarse explícitamente vía retrocesión de comisiones, se abonaría vía reparto de dividendos o acumulación de reservas en la filial”, razona la CNMV en una respuesta a Inverco publicada por CincoDías el pasado 15 de septiembre.

 

Más información
El agravio de los asesores con el IVA: gratis para fondos y un 21% a particulares
La CNMV podrá acceder a los registros de las operadoras para investigar abusos de mercado
Más de 300.000 empresas necesitarán un salvoconducto para operar en Bolsa
Economía reitera pese a la presión que restringirá el cobro de incentivos en la venta de fondos
Bancos y gestoras piden a Economía que retrase seis meses la entrada en vigor de la Mifid 2
La CNMV impedirá que la banca utilice sus filiales para disfrazar incentivos en la venta de fondos

Esta modificación es crucial en el modelo de negocio tanto de las entidades financieras como de las gestoras de fondos. Supone un giro de 180 grados respecto al estatus actual y era absolutamente inesperado, según fuentes del sector. Desde las asociaciones de banca (AEB, CECA y Unacc), fondos de inversión (Inverco) y de intermediarios bursátiles, agrupados en torno al fondo de garantía de inversiones (Fogain), se ha solicitado un periodo de adaptación que no sea exclusivamente para documentos (programas y estatutos), como está actualmente en el borrador, sino que tenga en cuenta la propia actividad.

Economía ha sometido a consulta dos textos: la reforma de la ley y un real decreto de desarrollo. Este último estará aprobado más allá de 2018 y es el que incorpora la mayor parte de las principales novedades regulatorias. De ahí que el sector solicite tiempo adicional y desde el Ministerio que pilota Luis de Guindos esté valorándose esta posibilidad.

Si, como todo indica, aunque el sector continúa clamando flexibilidad, las restricciones en el cobro de incentivos se mantienen en el texto final, las entidades tendrán que ofrecer asesoramiento de calidad para el gran público, hasta ahora restringido a los clientes de patrimonios elevados –usualmente a partir de 300.000 euros– u ofrecer una gama variada de productos de terceros. El cambio respecto a la directiva original es sustancial, pues esta dejaba una lista ampliable, y lo es aún más respecto a las expectativas del sector, que daba por sentado que España daría más opciones al sector para mejorar su rentabilidad.

Así, desde la Asociación Española de Banca (AEB) indican que “es necesario adaptar los modelos de distribución en función de cómo quede finalmente la regulación de incentivos que se incluye en el real decreto y no en la ley”. Añaden que hay dudas pendientes de resolver por el coordinador de los supervisores europeos, ESMA, sobre temas como la información sobre costes y gastos a clientes, y que la CNMV no ha publicado los títulos válidos para cumplir con las normas de formación de los empleados. “Como se ve, el plazo de 3 de enero parece francamente complicado de cumplir”, agregan.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_