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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una reforma que redimensione la tasa de empleo temporal que soporta España

El objetivo no es eliminar la temporalidad, sino impedir que sea utilizada abusivamente

El Gobierno y los agentes sociales parecen estar más o menos de acuerdo en la necesidad de dar otra vuelta de tuerca a la reforma laboral, aunque cada uno tenga su propia y distinta visión sobre cómo debe hacerse. Mientras en los peores momentos de la crisis económica, cuando la destrucción de empleo constituía una sangría imparable, la legislación laboral se centró en flexibilizar la contratación y abaratar el despido, ahora parece haber llegado el momento de resolver patologías que ninguna reforma ha conseguido curar y que pasan por mejorar la protección del trabajador. La ministra de Empleo, Fátima Báñez, convocó ayer a los integrantes de las cuatro mesas de diálogo social para tratar de acercar posiciones antes de fin de año. Entre las propuestas que puso sobre la mesa, destacan las dirigidas a atajar tres de los grandes problemas del empleo en España: la elevada temporalidad, el casi endémico paro juvenil y la ineficiencia de la formación.

El primer objetivo, reducir la temporalidad, constituye una de las viejas asignaturas pendientes de la legislación laboral en España. La solución que propone el Gobierno consiste en reducir los contratos de trabajo actuales a solo tres: uno fijo, otro temporal de “protección creciente” –es decir, con una indemnización que oscila entre 12 días el primer año y 20 días el tercero– y otro de formación. Esa escala indemnizatoria encarecería el contrato temporal, un efecto que se vería reforzado por la propuesta de crear un sistema de bonus malus que elevaría las cotizaciones por desempleo a aquellas empresas que abusen de la temporalidad y la rotación.

El objetivo de la propuesta, que a priori parece razonablemente bien articulada, no es eliminar la temporalidad, sino impedir que esta sea utilizada para contratar de forma precaria a trabajadores para actividades cuya naturaleza no es temporal, así como reducir esa temporalidad a un volumen equivalente al peso real de los servicios que requieren esta modalidad de contrato. En último término se trata de hacer cumplir la ley y evitar que España siga ostentando el dudoso honor de ser el segundo país de la UE con mayor tasa de empleo temporal, por encima del 25%.

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