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Montoro amenaza a quien pague impuestos del Estado a la Hacienda catalana

Advierte a los contribuyentes que sus declaraciones "se tendrán por no presentadas y las deudas por no pagadas" Si la Hacienda catalana no liquida al Estado los impuestos pagados, sería delito

CINCO DÍAS

Tributaria Catalana puede implicar sanciones e incluso ser constitutivo de un delito penal.

Hacienda ha hecho público un comunicado en el que deja patente esa advertencia después de que el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, haya asegurado que la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC), con un potencial de recaudación de 42.000 millones de euros, está "preparada" para aplicar el resultado del referéndum del 1-O, "sea cual sea la voluntad" que manifiesten ese día los catalanes.

El Ministerio que dirige Cristóbal Montoro recalca que, si bien Cataluña es competente para gestionar sus propios tributos, no puede asumir los que no le compete gestionar, y avisa a los contribuyentes que presentar sus declaraciones ante la administración indebida implica que "se tendrán por no presentadas y las deudas por no pagadas".

En concreto, Hacienda explica que, en el marco del sistema de financiación autonómica, Cataluña, como las demás comunidades de régimen común, tiene una administración tributaria propia competente para gestionar sus propios tributos y los estatales cuya recaudación se cede íntegramente a esas comunidades de régimen común.

Cita en concreto el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los tributos sobre el juego y el impuesto especial sobre determinados medios de transporte.

El resto se tiene que pagar ante la administración tributaria competente, y no hacerlo reitera Hacienda que implica que se den por no pagadas las deudas.

Por tanto, explica que en el caso de los impuestos cuya gestión corresponde al Estado, Hacienda podría iniciar procedimientos de comprobación, liquidar la deuda tributaria e imponer sanciones, así como iniciar el procedimiento de apremio para hacer efectivo el importe de la deuda.

"En su caso -añade-, estas conductas podrían ser constitutivas de delito contra la Hacienda Pública". En este sentido, Hacienda recuerda que las personas jurídicas no tienen sólo responsabilidad tributaria, sino también responsabilidad penal, de acuerdo con el Código Penal.

Además, sus administradores pueden incurrir en responsabilidad tributaria, como responsables solidarios o subsidiarios del pago de la deuda tributaria defraudada en función de su grado de participación en la infracción tributaria.

Hacienda recuerda que la Generalitat creó en 2007 la Agencia Tributaria de Cataluña como ente encargado de la aplicación de los tributos cuya gestión corresponde a la Generalitat, de la misma forma que otras comunidades disponen también de sus propias Agencias Tributarias autonómicas.

Añade que la Generalitat ha aprobado disposiciones para impulsar esta agencia y poder convertirla en la "Hacienda propia" de Cataluña, pero que el Tribunal Constitucional ha anulado todas aquellas previsiones que excedían el marco constitucional y estatutario.

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