El Tribunal de Cuentas sospecha que la mutua Fremap fraccionó contratos
El órgano fiscalizador ve irregularidades en la concesión de dos contratos de obra a OHL Pone en cuestión el criterio de otras licitaciones de servicios por falta de concurrencia
La adjudicación de contratos por parte de Fremap, la mutua de accidentes de trabajo dependiente de la Seguridad Social, está bajo la lupa del Tribunal de Cuentas. En un informe emitido este viernes, el órgano fiscalizador advierte de una serie de presuntas irregularidades que incluyen el fraccionamiento de un mismo contrato en dos de menor cuantía para evitar los controles previstos para los servicios públicos.
En concreto, el Tribunal hace referencia a la adjudicación de dos contratos, por 1.924.278 y 2.602.879 euros, respectivamente, realizada el mismo día, el 8 de julio de 2014, para la ejecución de obras de reforma del Hospital de Barcelona, para los que se eligió a una misma empresa.
Aunque el Tribunal no lo menciona, según ha podido saber este diario, la compañía elegida para los dos contratos, con un valor estimado conjunto de 6.081.631 euros (IVA excluido), adjudicados por un importe global de 4.527.157 euros, fue OHL.
En ambos casos, el objetivo de los contratos fue el mismo: la ejecución de obras para la reforma y adaptación del Hospital de Barcelona, justificándose la necesidad de contratar en los dos expedientes, según consta en las memorias fechadas el mismo día (11 de febrero de 2014), en la adaptación del centro y “gran parte de las instalaciones…a las nuevas necesidades…y…a las modificaciones normativas de obligado cumplimiento producidas en los últimos años”.
En ambos, los criterios de adjudicación planteados por Fremap fueron idénticos, incluyendo la exigencia de una facturación de al menos 11,5 millones de euros. “Exigencia que, por su elevada cuantía, resulta proporcional solo si se tiene en cuenta el importe conjunto de los dos contratos (6.081.631 euros, IVA excluido)”, advierte el Tribunal. Una exigencia que pudo restringir con fuerza el acceso de otras compañías a la licitación.
La coincidencia también alcanza a la fecha de inicio de las obras, el 6 de agosto de 2014 e incluso una doble modificación de los contratos el 23 de abril de 2015, con la misma justificación, la presencia de “errores u omisiones en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas”.
“Teniendo en cuenta estos hechos, el Tribunal de Cuentas considera que la tramitación separada de los precitados expedientes de obras constituye un supuesto de posible fraccionamiento del objeto del contrato”, subraya el informe.
Este alega que la suma del importe de los contratos supera el tope de 5.186.000 euros (IVA excluido) que exige un mayor grado de transparencia en las licitaciones que garantice un proceso competitivo. En este caso, dice el Tribunal, “pudo haberse eludido la aplicación de las normas establecidas” sobre “la preparación y adjudicación de los mencionados contratos”, citando “en particular, la publicidad obligatoria de la convocatoria de la licitación del procedimiento”.
La respuesta de Fremap
La mutua, por su parte, emitió un extenso documento de alegaciones en el que defiende que en el caso de estas obras “la semejanza o similitud no es identidad”, y que se trataba de dos procesos diferenciados que requerían de dos contratos diferentes.
Fremap asegura que no hubo fraccionamiento de los contratos y defiende además que no hay un criterio único para fijar las exigencias impuestas en las licitacioines en cuanto al volumen de facturación requerido a las empresas, que el Tribunal de Cuentas plantea que limitó la competencia impidiendo participar a firmas de una facturación inferior.
Otras irregularidades
Más allá del posible caso de fraccionamiento de contratos, el Tribunal de Cuentas advierte que ha detectado varias deficiencias en los criterios de adjudicación utilizados en los contratos de obras. Un ejemplo es que en todas ellas se puntuó la reducción del plazo de entrega o de ejecución del proyecto prometido por las emprseas, pese a que luego todas las compañías adjudicatarias incumplieron los plazos previstos y hubo que ampliarlos.
De hecho, hubo cinco casos en que pese a las demoras sobre el plazo previsto no consta que se impusieran penalidades económicas a las empresas que incumplieron el calendario marcado.
El Tribunal de Cuentas también alude a 13 contratos de servicios en que no se publicitaron debidamente los criterios de adjudicación, lo que redujo la transparencia. Algo que también ocurrió con los contratos de suministro.
Recomendaciones del Tribunal
En vista del análisis realizado, el organismo fiscalizador insta a la mutua a garantizar la capacidad de las empresas adjudicatarias de sus contratos fijando claros criterios de solvencia y experiencia.
También le recomienda elevar la transparencia general de los mecanismos de control de publicidad y formalización de los contratos así como afianzar el seguimiento y control de los contratos de obra y el incumplimiento de plazos
Los gastos indebidos
Se da el caso de que la mutua Fremap ya fue objeto de controversia hace unos años al conocerse que había gastado indebidamente más de 30 millones de euros, entre otras cosas en dietas a directivos o mariscadas.
Una utilización indebida del dinero para una asociación sin ánimo de lucro que la compañía tiene pendiente devolver a la Seguridad Social.