¿Qué ventajas fiscales tienen las familias numerosas?
Qué determina una familia numerosa Beneficios sociales También beneficios y ventajas de interés general
Se entiende por familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes.
Además, hay situaciones familiares que se equiparan a las de familia numerosa, como cuando se trata de familias constituidas por:
- Uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
- Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
- El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
- Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.
- Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
- El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el título oficial establecido al efecto, que será otorgado cuando concurran los requisitos establecidos, a petición de cualquiera de los ascendientes, tutor, acogedor, guardador, u otro miembro de la unidad familiar con capacidad legal.
Corresponde a la comunidad autónoma de residencia del solicitante la competencia para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como para la expedición y renovación del título que acredita dicha condición y categoría. La familia numerosa puede tener dos categorías: especial y general dependiendo del número de hijos.
¿Cuáles son sus beneficios fiscales?
Los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad podrán minorar la cuota diferencial del IRPF (Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) 1.200 euros anuales por cada descendiente (hijo) o ascendiente (padre o madre) con discapacidad y por familia numerosa.
Se duplicará el importe llegando a los 2.400 euros para el caso de las familias numerosas de categoría especial. Se podrá solicitar que se ingrese en mensualidades, serán de 100 y 200 euros respectivamente si se pide su abono anticipado, en lugar de hacerse efectivas en la declaración del IRPF.
¿Qué beneficios sociales tiene?
- La contratación de cuidadores en la familia numerosa dará derecho a una bonificación de un 45 % de las cuotas a la seguridad social a cargo del empleador. Siempre y cuando los ascendientes ejerzan una actividad profesional por cuenta propia o ajena o estén incapacitados para trabajar. Si la familia ostenta la categoría de espacial, para la aplicación de este beneficio no será necesario que los dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida.
- Conservación de situaciones laborales, los convenios podrán incluir medidas para la protección de los trabajadores cuya familia tenga la condición de numerosa.
- Ayudas para la factura de la luz.
¿Cuáles son los beneficios de interés general o en materia de actividad?
- Trato preferente en los siguientes ámbitos: la concesión de becas y ayudas en materia educativa, acceso a las viviendas protegidas, acceso a albergues, centros cívicos y demás locales y espacios que dependan de la Administración.
- Exenciones y bonificaciones en tasas y precios en los transportes públicos, como por ejemplo RENFE y barco según se trate familias numerosas de categoría general o especial descuento de un 20% o 50 %. En los vuelos el descuento es de un 5% o del 10%.
- DNI y Pasaporte gratuito.
- Descuentos en el acceso a los bienes y servicios sociales, culturales, deportivos y de ocio.
- Bonificaciones en las pruebas de selección para el ingreso en la función pública.
- En educación los beneficios son los siguientes se aplicará la exención del 50% al 100% según la categoría para matriculación y examen, por expedición de títulos y diplomas, entre otros.
- Se incrementa el límite de ingresos para tener derecho a las ayudas económicas de la Seguridad Social por hijos a cargo menores de 18 años.
El principal inconveniente que tiene las familias numerosas son los gastos a los que se enfrentan, son mucho mayores que las familias con menor número de hijos. Aunque gocen de beneficios fiscales, generales y sociales no son suficientes para familias de este tipo.