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Tribuna
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La peligrosa letra pequeña de la oferta del Santander a los accionistas del Popular

Los bonos tendrán un valor de 100 euros pero rápidamente se ajustarán al valor real de mercado

El Banco Santander planea una emisión de deuda anticrisis en dólares australianos
EFE
CINCO DÍAS

El Banco Santander comunicó este jueves el plan con el que compensará a parte de los accionistas particulares que sufrieron la pérdida de todos sus ahorros invertidos en acciones por la quiebra del Banco Popular. Los afectados recibirán un bono por el 100% de la inversión al 1% durante siete años. Pero esta oferta tiene letra pequeña. Una letra pequeña que cada accionista deberá leer con mucho cuidado para decidir si acepta esta propuesta u opta por emprender medidas legales contra las entidades presididas por Ana Botín y Rodrigo Echenique, respectivamente.

¿Por qué esta alerta sobre la oferta que lanza el Santander? La entidad, que se ha esmerado en definir esta oferta como una ‘acción de comercialización’ para evitar que sea interpretada, desde el punto de vista jurídico, como una compensación legal, lo que está ofreciendo es entregar de forma gratuita obligaciones perpetuas del Santander contingentemente amortizables de 100 euros de valor nominal. Es decir, bonos que en el momento de la emisión —previsiblemente en septiembre— tendrán un valor de 100 euros, pero que rápidamente se ajustarán al valor real de mercado, posiblemente inferior por las primeras ventas. Estos valores ofrecerán una remuneración en efectivo pagadera trimestralmente del 1% sobre el valor nominal hasta el séptimo año de la inversión.

Y aquí está la trampa de esa letra pequeña: sólo recibirán esta compensación los ahorradores más fieles que suscribieron las acciones en la ampliación de capital de 2016 y que las mantuvieron hasta el mismo día de la resolución por parte de las autoridades europeas, el pasado 6 de junio. Además, los accionistas que cumplan estos requisitos, sólo recibirán el importe abonado durante la última ampliación de capital, sin ninguna compensación por los títulos comprados anteriormente.

Lo mismo se aplica a las obligaciones subordinadas convertibles. Si las vendieron en los días previos debido al pánico que se extendió en el mercado por el desplome de la cotización y de los bonos del Banco Popular, no tendrán derecho a recibir nada.

Además, otro elemento crucial es que los que acepten la propuesta del Santander deben saber que renuncian para siempre a emprender cualquier acción legal contra el banco. Una renuncia que, de entrada, no está muy claro que sea acorde a la ley.

También quedan fuera de esta compensación los potenciales beneficiaros los llamados inversores profesionales, es decir, los que compraron acciones o deuda subordinada por más de un millón de euros. Estos, en realidad, son un colectivo muy grande porque el Banco Popular animó a muchos de estos clientes institucionales que tenían créditos con el banco a suscribir la ampliación de capital con líneas de financiación concedidas por la propia entidad financiera.

Cipriano Atienza. Economista y responsable del Área Fiscal de Negotia Abogados.

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