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El nuevo bono eléctrico se aplicará a rentas inferiores a 9.600 euros

Familias numerosas, pensionistas o discapacitados, entre los beneficiarios Energía limita el consumo eléctrico con derecho al descuento del bono

Facturas energéticas.
Facturas energéticas.Pablo Monge
Carmen Monforte

El Ministerio de Energía ha remitido hoy a la CNMC para su informe el borrador de reglamento del nuevo bono social de la electricidad, que entrará en vigor en junio con un periodo transitorio. Además de fijar los criterios para ser beneficiario del bono (un 25% del descuento en la factura de la luz), el real decreto establece una mayor protección para los consumidores muy vulnerables o en riesgo de exclusión social.

 Tal como había reiterado el ministerio que dirige Álvaro Nadal, el nuevo bono se basa en criterios de renta de la unidad familar, para lo que se utilizará como referencia el indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem). En estos momentos, de 532,51 euros brutos mensuales, aunque la Ley de Presupuestos prevé aumentarlo el 1%.

Concretamente, tendrán derecho al descuento las familias sin menores a su cargo que tengan una renta anual igual o inferior a 1,5 veces el Iprem (casi 9.600 euros anuales);a familias con un menor a su cargo, dos veces el Iprem (12.780 euros anuales) y con dos menores, 2,5 veces el Iprem (casi 16.000 euros).

Además del criterio de renta, el ministerio ha optado por mantener el beneficio del bono social para dos de los colectivos que lo disfrutan ahora: los pensionistas con cuantía mínima y las familias numerosas, así como a quienes acrediten haber sido víctima del terrorismo o de violencia de género, así como a los hogares con algún miembro con una discapacidad superior al 33%. En estos tres últimos casos, los umbrales de renta se podrán ver incrementadas en 0,5 veces el Iprem determinado anteriormente.

Sin embargo, el real decreto establece una criba, ya que el descuento solo se aplicará hasta determinados límites de consumo: 3.600 kWh al año para familias numerosas; 2.040 kWh para unideades familiares con dos menores;1.680 kWh para las familias con un menor y para pensiones mínimos, respectivamente, y 1.200 kWh para familias sin menores a su cargo.

Por tanto, se descarta el límite de potencia, tal como habían pedido las grandes eléctricas, y se mantiene en el tope de los 10 kW. Según calculó ayer el secretario de Estado de Energía, Daniel Navia, el bono beneficiará a unos 2,5 millones de usuarios y su coste será algo superior al actual: unos 230 millones de euros al año, frente a los 180 millones del año pasado, y lo financiarán la comercializadoras.

Se crea una nueva categoría de consumidor, el vulnerable severo, para hogares con rentas inferiores al 50% de las rentas establecidas. Estos tendrán un descuento del 40%, en lugar del 25%. También el consumidor en riesgo de exclusión social, los muy vulnerables que estén siendo atendidos por los servicios sociales de ayuntamientos o comunidades autónomas. A estos no se les podrá cortar la luz.

En ambos casos, se amplía de dos a cuatro meses el plazo para que, en caso de impago, una comercializadora pueda suspender el suministro. Además de los dos requerimientos habituales, esta deberá informarles en el momento del impago y otra vez 15 días antes del corte.

Las comunidades autónomas deberán contar con un listado actualizado de dichos cortes, para identificar a los usuarios en exclusión social y evitar la interrupción del suministro.

Solo tendrán derecho a ofrecer el bono las comercializadoras de referencia a los usuarios con derecho al precio de venta al pequeño consumidor (PVPC), que son los que tienen menos de 10 kW de potencia contratada. El consumidor que quiera acogerse al mismo deberá solicitarlo a la compañía.

El bono se aplicará durante un año, salvo pérdidas de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción, que debe renovar cada año. En caso contrario, perderá su derecho. Las comunidades deberán financiar el 50% de la factura del consumidor vunerables severo atendidos por los servicios sociales.

Las comercializadoras deberán comunicar a sus clientes la posibilidad de acogerse al PVPC y por tanto de poder solicitar el bono social si cumplen con las condiciones establecidas. Además, el cambio se realizará sin ninguna penalización o coste adicional. Asimismo, las comercializadoras deberán advertir a los consumidores acogidos al bono social que vayan a suscribir un contrato en el mercado libre, sobre la pérdida del derecho a percibir dicho bono social.

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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