Ya se puede pedir cita previa con Hacienda para hacer la declaración
El plazo para presentar la declaración se extiende del 4 de mayo a 29 de junio de 2017 Existen varias vías: por internet o por teléfono
Llega otra fecha clave en la campaña de la renta 2016. Para los contribuyentes que prefieran hacer la declaración con la ayuda de la Agencia Tributaria, en vez de forma telemática a través del sistema Renta Web, a partir de este jueves se abre el plazo para solicitar cita previa en las oficinas de Hacienda y modificar el borrador o confeccionar la declaración de forma presencial.
¿Cuándo y cómo se puede pedir cita previa?
El contribuyente debe de concertar cita previa del 4 de mayo a 29 de junio de 2017. Existen varia vías:
- Por Internet, durante las 24 horas del día, a través de www.agenciatributaria.es con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
- Por teléfono en los números 901 22 33 44 o 91 553 00 71 aportando el NIF/NIE, en este caso de lunes a viernes entre las 9.00 y las 19.00 horas.
De esta forma, el contribuyente será atendido personalmente en la oficina, día y hora solicitada.
¿Qué contribuyentes pueden solicitar cita previa para hacer la declaración en las oficinas de forma presencial?
Existen límites en función del perfil del contribuyente y la naturaleza de las rentas. Así, sólo pueden acceder a la atención personal en las oficinas los contribuyentes que hayan obtenido en 2016:
- Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 euros anuales.
- Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 euros anuales.
- Rendimientos del capital inmobiliario, con un máximo de un inmueble alquilado y/o un contrato de alquiler.
- Rendimientos de actividades económicas: empresariales, con estimación objetiva (módulos).
- Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (IIC, fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de vivienda habitual con exención total.
- Imputación del régimen de rentas inmobiliarias.
- Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.
¿Cuándo se puede acudir a las oficinas de Hacienda?
El plazo para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones autonómicas y locales que colaboran en la prestación del servicio comienza el jueves 11 mayo.
¿Es posible hacer la declaración de la renta por teléfono?
Existen dos opciones en caso de querer optar por la asistencia telefónica:
- Renta Asistencia “Llámenos cuando quiera” sin cita. Este servicio se presta del 5 de abril a 30 de junio de 2017, llamando a los teléfonos 901 200 345 o 91 535 68 13 (de 9 a 21 horas de lunes a viernes) y con los siguientes límites:
- Rendimientos del trabajo, sin límites
- Rendimientos del capital mobiliario, sin límites
- Ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (fondos de inversión y premios), renta básica de emancipación y subvenciones (salvo de actividad económica) y ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión.
- Régimen de atribución de rentas, con rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario.
- Imputación de rentas inmobiliarias
No es necesario concertar cita previa.
- Renta Asistencia “La AET te llama con cita”. El contribuyente deberá de concertar cita previa, solicitando el día y la hora para que la AEAT le llame por teléfono. La cita se concertará a través de Internet en la misma aplicación que se utiliza para solicitar la cita previa en la atención presencial, con las siguientes características:
1. Para contribuyentes con los límites:
- Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 euros anuales.
- Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 euros anuales.
- Ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (fondos de inversión y premios), renta básica de emancipación y subvenciones (salvo de actividad económica) y ganancias y pérdidas patrimoniales sin transmisión.
- Régimen de atribución de rentas, con rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario.
- Imputación de rentas inmobiliarias
2. Se utilizará este servicio sólo cuando se hayan acabado todas las citas en la oficina seleccionada por el contribuyente.
3. Deben de existir citas libres para la confección telefónica.
En este caso se puede concertar cita previa desde el 15 de mayo al 15 de junio de 2017, exclusivamente por Internet www.agenciatributaria.es con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
El periodo en el que la AEAT llamará a los contribuyentes que lo soliciten y cumplan los requisitos será: del 16 de mayo a 16 de junio de 2017.
¿Hasta cuándo se puede presentar la declaración de la renta?
Tanto si la declaración sale a ingresar como a devolver el plazo de presentación se extiende hasta el 30 de junio, aunque en el caso de las primeras si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria los contribuyentes han de hacerla antes del 26 de junio.