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¿Sentimientos y dinero?

Cuentas en pareja: cuando se comparte dinero y amor

Finanzas y amor

Solemos fijarnos más en la parte emocional que en la económica, al elegir pareja de baile vital. Este sesgo cognitivo tiene mucho sentido; a fin de cuentas, las emociones son esenciales a la hora de compartir nuestro tiempo y dedicación con otra persona. Si bien tener en cuenta en sobremanera el componente económico a la hora de elegir pareja puede ser criticable, el análisis de factores económicos no desvirtúa en absoluto el amor, en todo caso enriquece y mejora la toma de decisiones románticas.

En iAhorro.com tenemos en mucha estima a los sentimientos, pero siempre que estos no nublen la razón. Al igual que una amistad con un director de banco no debe provocar que firmemos los documentos que nos presenta sin leerlos, el amor no debe ser excusa para desentendernos de los temas económicos que conlleva.

Si la pareja acaba en matrimonio hay que estar al régimen matrimonial que se pacta y sus peculiaridades jurídicas. Así el régimen matrimonial “por defecto” en buena parte del territorio español es el de gananciales, que supone compartir en una sociedad de gananciales las ganancias y pérdidas habidas durante el matrimonio, repartiéndolas al 50% si vínculo se acaba rompiendo. El régimen de separación de bienes, primero si tenemos vecindad civil catalana o balear, por ejemplo, supone que lo de cada cónyuge es de cada uno. Sin embargo, no olvidemos que las tareas domésticas no remuneradas se “pagan”, como explica Matilde Cuena, Catedrática acreditada de Derecho Civil en la Universidad Complutense, en este artículo.

Nos casemos o no, la convivencia supone acabar firmando contratos financieros comunes, desde los más sencillos, como cuentas corrientes o depósitos bancarios, a los más complejos o gravosos, como los préstamos hipotecarios.

Analizando cómo gestiona su dinero en cuenta corriente la pareja, podemos inferir la relación económica que han pactado, sean o no conscientes de ello los tortolitos. De entre todas las combinaciones posibles, veamos las tres más usuales:

Lo mío es mío y lo tuyo es tuyo. Con permiso del régimen matrimonial si procede.

Separando de forma total ingresos y gastos se gana en independencia, pero se pueden generar situaciones de conflicto si tanto ingresos como gastos no están repartidos de forma equilibrada. A medida que la convivencia se hace más estable, más incentivos para romper los tanques económicos estancos.

Cada uno mantiene la titularidad única de sus cuentas, pero abren una conjunta para pagar gastos comunes. Es un paso más hacia la confusión de patrimonios, pero manteniendo una independencia monetaria que da libertad y privacidad monetaria.

La clave son los tipos de gastos que se domicilian en la cuenta conjunta y los ingresos que cada uno aporta. Si el amor y la economía caminan de la mano, cualquier desavenencia se corrige sin más molestias; los problemas vienen cuando hay desequilibrios, reales o percibidos. Así puede ocurrir que la casa hipotecada sea solo de uno de los amantes pero se pague en la cuenta común, o que ambos aporten el 50% de los ingresos que van a la cuenta, pese a tener sueldos muy diferentes.

Las cuentas son conjuntas, centralizando todos los ingresos y gastos. Todo lo que gana y gasta la pareja se paga de forma centralizada. Uno de los motivos más frecuentes de discusiones es cuando uno gasta de forma excesiva, ya que los recursos comunes son drenados por el integrante pródigo.

Por otro lado, que las cuentas sean comunes no significa que el dinero y las deudas sean de los dos (con permiso del régimen matrimonial, en su caso). Una cuenta común de titularidad indistinta, lo más usual, supone que los titulares pueden movilizar fondos en cualquier momento, pero no cambian la propiedad del dinero. Es decir, el dinero es de quien lo gana, no de los dos titulares. Lo mismo pasa con las deudas; por ejemplo, si hay un embargo de cuenta, el dinero del no deudor no debería ser embargado.

Amor y dinero, mezclar con precaución y cariño.

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