Juicio a Benjumea y Sánchez Ortega por el 'caso Abengoa'
Estima que no cabía pagar 15,8 millones en un momento en el que la empresa ya tenía problemas financieros Abre el mismo procedimiento contra los tres exconsejeros que aprobaron los pagos
La juez de la Audiencia Nacional encargada de instruir el 'caso Abengoa', Carmen Lamela, ha finalizado su trabajo. Y sus conclusiones son taxativas en un auto que anticipa la apertura de juicio oral por delitos de administración desleal por parte del expresidente Felipe Benjumea y del exconsejero delegado Manuel Sánchez ortega.
La magistrada analiza las cláusulas de los contratos que firmaron por las que se les concedían unas indemnizaciones por cese anticipado de 4,484 millones de euros, en el caso de Sánchez Ortega y de 11,484 millones para Benjumea. Unos derechos reconocidos en esas cláusulas que la juez entiende que” no estaban contemplados en contratos anteriores y tampoco era preceptivo que se incluyeran en los nuevos contratos mercantiles”.
La juez hace constar que las indemnizaciones de los dos ex altos cargos se produjeron en un momento en el que la empresa ya atravesaba problemas económicos por lo que las compensaciones económicas , según la magistrada, “ no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad”.
La instructora pone en duda las razones personales que esgrimió en abril de 2015 Sánchez Ortega para dejar Abengoa, teniendo en cuenta que tres meses después, en julio de 2015 pasara a continuación a prestar sus servicios en BlackRock.
Con todo, Lamela descarta imputar al exconsejero delegado un delito de información privilegiada del que le acusaban los querellantes, al entender que el exconsejero delegado de Abengoa se incorporó a un área de BlackRock , la de negocio de infraestructuras, que “nada tiene que ver con el área de inversiones en mercados de capitales”.
La magistrada considera que ni Sánchez Ortega ni Benjumea se desvincularon de Abengoa y para ello hace constar que Sánchez Ortega renunció a sus cargos en mayo y un mes después firmó un contrato de prestación de servicios por el que seguiría cobrando la remuneración que le correspondería como consejero delegado.
En el caso de Benjumea, en la misma reunión en que se le cesa como presidente, fue nombrado consejero dominical y presidente no ejecutivo del consejo de administración.
El procedimiento por delito de administración desleal se amplía también a los exconsejeros Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles que integraban y asistieron a la reunión de la comisión de nombramientos y retribuciones donde se acordó el pago de las indemnizaciones millonarias investigadas.
El auto asegura que "los indicios existentes son suficientes para acordar continuar el proceso por los cauces del procedimiento abreviado, dando oportunidad a la partes para que formulen escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento de la causa, sin que los contraindicios ofrecidos por las defensas tengan la suficiente potencia o fuerza para desvirtuar, en este estadio del procedimiento y a los meros efectos de esta resolución, los de carácter incriminatorio".
Ahora, el fiscal y las acusaciones disponen de un plazo de 10 días para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.