Europa dice si la banca ha de devolver las cláusulas suelo
La corte leerá a las 9:30 de la mañana una sentencia esperada desde hace tres años
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará hoy la sentencia definitiva sobre las cláusulas suelo abusivas de las hipotecas, que determinará si los afectados pueden recuperar el dinero que pagaron de más desde la firma de su contrato o solo desde 2013, como pidió el Tribunal Supremo español.
La corte con sede en Luxemburgo lee a primera hora una sentencia que esperan desde hace tres años tanto consumidores y asociaciones de usuarios como la banca, que podría tener que pagar más de 7.000 millones de euros en devoluciones si la justicia se opone a limitar la retroactividad de las cláusulas.
La decisión, que no se puede recurrir, servirá de base para que los tribunales nacionales decidan sobre los miles de demandas por cláusulas suelo que deben dirimir, unas 70.000 según los bufetes de abogados. Sentará jurisprudencia también en el resto de países de la Unión.
El Tribunal desvela si respalda la opinión del Tribunal Supremo español, que decidió limitar en el tiempo los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo cuando las declaró abusivas y nulas en su sentencia del 9 de mayo de 2013.
El alto tribunal español consideró entonces que los clientes no podían comprender lo que significaban estas cláusulas en términos económicos, pero decidió que los bancos solo tendrían que devolver los intereses cobrados de más a partir de la fecha de su sentencia.
El Abogado General del Tribunal comunitario, el italiano Paolo Mengozzi, se pronunció en julio a favor de limitar la retroactividad y tuvo en cuenta en particular las “repercusiones macroeconómicas” que podría tener dada la amplitud con que se aplicaron estas cláusulas en España.
El jurista seguía así la línea del Supremo, que en 2013 tuvo en cuenta el riesgo que la abultada devolución podría suponer para el frágil sistema bancario, que entonces acababa de pedir un rescate de hasta 100.000 millones a sus socios europeos. Queda por ver si el Tribunal se ajusta ahora a la opinión del Abogado que, si bien no es vinculante, en la mayoría de casos marca las líneas de la sentencia.
Si el veredicto es contrario a la banca, las entidades tendrán que desembolsar entre 5.000 y 7.600 millones de euros, según un informe del Banco de España. El ministro español de Justicia, Rafael Catalá, calificó de “equilibrada” la opinión de Mengozzi, puesto que protegía los derechos de los consumidores y no generaba incertidumbre financiera.
Los bufetes y consumidores, sin embargo, achacaron la opinión del jurista al referéndum sobre la salida de Reino Unido de la UE, que volvió a sembrar la incertidumbre en los mercados y confían en que el Tribunal tome otra dirección.
“El abogado general resolvió en ambiente de pánico posbrexit. Esperamos que Luxemburgo resuelva ahora conforme a derecho, no conforme a la situación macroeconómica”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas y Cusí, especializado en derecho bancario.
Según distintos cálculos, unos dos millones de españoles han pagado de media 3.000 euros de más en sus hipotecas debido a estas cláusulas, que se incluyeron en entre el 30 y 40 % de los contratos suscritos en España.
Estas provisiones fijan un “suelo” mínimo que debe pagar el cliente por su crédito, independientemente de las variaciones en los tipos de interés, lo que impidió que los hipotecados se beneficiasen de la bajada del euribor durante la crisis, mientras que la banca mantenía unos ingresos garantizados.