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Tribuna
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Una gestión pública autónoma y transparente

Cuando se plantea qué valor añadido aporta un sector público empresarial a la gestión de los servicios públicos, la respuesta automática pasa por su mayor flexibilidad, agilidad y eficacia frente al funcionamiento rígido, lento y poco eficaz de la Administración pública.

Sin embargo, en seguida sale a debate el argumento contrario de que estas formas de gestión suponen la huida del derecho administrativo y un intento de evitar los mecanismos de control y fiscalización que deben imperar en el sector público donde se gestionan fondos públicos.

Esta confrontación entre el derecho administrativo y el derecho privado creo que ya está superada por la realidad. Las empresas públicas de toda índole y los consorcios públicos están tan sometidos al derecho administrativo como puedan estarlo organismos autónomos e incluso las Administraciones territoriales en todo tipo de materias, como pueden ser: la sujeción a las normas de contratación pública; las leyes de patrimonio; la clasificación en el sector institucional de Administraciones públicas a efectos de la normativa europea contable SEC 2010; la normativa sobre transparencia y buen gobierno; la ley de incompatibilidades; las normas presupuestarias en materia de gastos de personal…

Actualmente, la diferencia más relevante es el régimen jurídico de su personal, que en estas empresas públicas es laboral y raramente tienen adscritos funcionarios en sus plantillas. Sin miedo a equivocarnos, podemos afirmar que, si un día las entidades públicas que querían practicar un gestión empresarial libre de la rigideces propias de la gestión administrativa abrazaron los principios de la nueva gestión pública –desagregación de roles, competencia en un mercado regulado, autonomía de gestión, separación de la función proveedora de servicios de la autoridad, entre otros–, ahora han sido capturadas de nuevo por la tupida red del derecho administrativo.

La crisis económica, determinadas opciones ideológicas que desde posicionamientos radicalmente antagónicos han coincidido en el objetivo político de frustrar la existencia de un sector público empresarial de éxito y, también, los planteamientos de un funcionariado de élite en nuestro país que siempre ha visto con desconfianza todo aquello que escapaba de su control directo no han sido ajenos a esta involución.

El enfrentamiento clásico entre burocracia y gerencialismo como dos sistemas de gestión de servicios públicos irreconciliables, la primera caracterizada por su rigidez, sus estructuras jerárquicas, dirigida por normas y orientada al administrado, y el segundo caracterizado por estructuras más flexibles, dirigido a objetivos, evaluado por resultados y orientado al cliente, debe ser superados por una buena gobernanza que no sea alternativa ni signifique la anulación de la burocracia y el gerencialismo, sino su superación en aquellos ámbitos en que estos resulten ineficaces o inapropiados.

Una gestión pública moderna debe basarse necesariamente en el principio de autonomía económica y financiera y de gestión, de la que deben disfrutar las entidades del sector público para el cumplimiento de sus objetivos. Este régimen de autonomía de gestión no debe interpretarse ni como un riesgo para la sostenibilidad de las finanzas públicas ni como un intento de evitar los necesarios mecanismos de control público ni como algo contrario a la transparencia y rendición de cuentas, ni mucho menos como la semilla de la corrupción.

La transparencia de una institución no se puede medir solo por el número de mecanismos de control –internos o externos– a la que esté sometida, sino por el carácter público de sus cifras y resultados para que, a partir de estos, se pueda formar una opinión pública libre. La clave para una gestión transparente y eficaz está en un buen gobierno de las entidades del sector público y esto significa, sobretodo, responsabilidad y profesionalidad de las personas que ocupan sus órganos de administración y de las que ejercen cargos de gestión, ya sean electos o profesionales.

Administradores y gestores deben ser responsables frente a las Administraciones que los han nombrado y ante la sociedad a la que sirven. Ahora bien, esta responsabilidad de los cargos debe ser correspondida por la confianza que deben depositar en ellos las Administraciones, que directa o indirectamente intervienen en su designación para gestionar el interés público.

Corresponde implantar una nueva ética de la gestión pública basada en la confianza, la responsabilidad, la transparencia, y dotar a las entidades del sector público de herramientas de gestión que les permitan un amplio margen de autonomía sujeto a los criterios de planificación de la Administración pública de la que dependen o a la que están vinculadas y también a la legislación básica. Todo ello sin perjuicio de los necesarios controles.

Francesc José María Sánchez es Abogado y asesor del Consorci de Salut i Social de Cataluña

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