Hacienda obliga a regularizar la devolución de las cláusulas suelo
La banca debe justificar lo cobrado año a año cuando reintegra lo percibido por cláusulas suelo
A la larga batalla judicial que miles de particulares llevan años planteando para recuperar el dinero que se les ha cobrado en aplicación de cláusulas suelo hipotecarias opacas, se le suma ahora, para aquellos que han resultado vencedores en litigios o han logrado un acuerdo favorable con su entidad, un nuevo frente con Hacienda.
La Agencia Tributaria está exigiendo a quienes han recibido devoluciones de dinero por este asunto, y contaran con deducciones por la adquisición de vivienda, que regularicen la percepción de estos montantes.
Así lo admiten desde varias entidades financieras consultadas donde revelan que están teniendo que emitir justificantes sobre las devoluciones de dinero que han realizado por el cobro de cláusulas suelo anuladas, especificando al detalle cuánto se imputó a sus clientes cada año por estas condiciones hipotecarias, con el fin de que estos puedan desglosarlo así ante el fisco.
Desde Hacienda aseveran que la Agencia Tributaria no está realizando ninguna acción específica sobre los beneficiarios de devoluciones de dinero por el cobro e cláusulas suelo pero aclaran que es necesario regularizar esos ingresos en el caso de que el beneficiario haya disfrutado de la deducción, vigente para quien comprara casa antes de 2013, de hasta el 15% anual sobre 9.040 euros.
En cifras
5.269
millones de euros calcula Analistas Financieros Internacionales que debe devolver la banca por las cláusulas suelo anuladas desde mayo de 2013.
9.743
millones llegaría a devolver el sector si el Tribunal Europeo impone la retroactividad total.
15%
sobre un máximo de 9.040 euros era la deducción por la compra de vivienda habitual que estaba vigente para quien compró antes de 2013.
Después de todo, este beneficio fiscal se calcula sobre el gasto total en vivienda, incluyendo el capital principal y los intereses del crédito, pero la anulación de las cláusulas suelo supone rebajar parte de dichos intereses y supone, por tanto, derecho a una deducción menor. De unos 700 millones menos en total, según cálculos propios.
Desde el fisco aclaran que para regularizar la situación no hace falta realizar declaraciones de la renta complementarias o paralelas, pues el modelo tipo de declaración ya incluye la posibilidad de modificar los datos sobre los ejercicios anteriores. La recomendación para quienes percibieron el dinero el año pasado es, de hecho, declararlo con todo detalle en la campaña de la renta que finaliza a finales de este mes.
Desde la banca aclaran, eso sí, que para hacerlo es necesario desglosar qué montante devuelto corresponde a cada ejercicio completo. De hecho, la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) ha dado instrucciones fiscales a sus asociados de cómo proceder.
De momento, las devoluciones que se han producido se ciñen a lo que la banca ha cobrado a sus clientes por la activación de cláusulas suelo desde mayo de 2013. Esta es la fecha en la que el Tribunal Supremo anuló, por opacos, los límites mínimos que los clientes debían seguir pagando por su hipoteca pese a la rebaja del euríbor en los contratos emitidos por BBVA, Cajamar y Novagalicia (hoy Abanca).
A partir de ahí, se han venido produciendo un reguero de sentencias en este mismo sentido para el resto de entidades. Aunque algunos jueces han impuesto una retroactividad total de las devoluciones, la banca está recurriendo estos fallos y la doctrina generalizada es la de limitar los pagos a lo cobrado desde 2013. Así lo establece también la sentencia de la macrocausa por las cláusulas suelo que se conoció el pasado abril y que anula por opacas estas condiciones de las hipotecas de toda la banca.
Se abre aquí, sin embargo, un nuevo capítulo de incertidumbre, pues un juez de Granada ha consultado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si la devolución no debería ser totalmente retroactiva, es decir, desde la activación de las cláusulas suelo, que generalmente comenzaron a operar en 2009 por la caída del euríbor.
El Tribunal europeo analiza ahora si avala al Supremo, lo que según Analistas Financieros Internacionales (AFI) obliga a la banca a devolver unos 5.269 millones de euros a su clientela, o si considerar que la anulación debe plantarse desde el origen, lo que elevaría la factura hasta los 9.743 millones. En cualquiera de los casos, los beneficiarios de este dinero deberán regularizar su cobro ante Hacienda.
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