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Regulación

La CNMV obliga a las firmas de Bolsa a eliminar las comisiones abusivas

Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV.
Elvira Rodríguez, presidenta de la CNMV.Pablo Monge

¿Se imagina tener que pagar una comisión de 5.000 euros por cambiar de banco? Pues no es una invención, sino un hecho. Las tarifas de los intermediarios bursátiles, ya sean entidades financieras o empresas de servicios de inversión –sociedades o agencias de valores, conocidas comúnmente como brókeres–, por traspasar una cartera de valores a otra firma son, en muchos casos, desorbitadas, según la CNMV.

El supervisor presidido Elvira Rodríguez afirma en una circular que acaba de entrar en vigor, y que puede consultarse en CincoDías.com, que la “elevada cuantía en algunos casos de las tarifas comunicadas por las entidades [...], con importes de hasta 5.000 euros por clase de valor traspasado [...], indica que no se ajustan al principio de proporcionalidad con la calidad del servicio prestado”.

El supervisor indica que esos precios “pueden llegar a dificultar la competencia, al retener a los clientes que no estén dispuestos a asumir un elevado coste por el traspaso”. Está claro que nunca saldrá rentable traspasar una cartera de acciones valorada en unos 2.000 euros si esta operación implica unos gastos de 5.000. Es decir, la comisión supondría el 150% de la inversión.

Las entidades financieras pueden prestar por sí mismas servicios de inversión o hacerlo a través de un bróker. Igualmente, existen registradas 39 sociedades de valores y 38 agencias capacitadas para dar este tipo de servicios.

Igual a pagar la custodia durante más de 40 años

La irracionalidad de muchas tarifas de traspaso llega a límites insospechados. La CNMV asegura que la comisión por el traspaso de la cartera “en algún caso” supondría el coste de la custodia durante más de 40 años. El supervisor destaca además que en los casos más extremos la comisión de traspaso equivale a 50 veces el coste que supondrían las comisiones de venta de la cartera. La cuestión es que no es obligatorio pagar una comisión de transferencia de efectivo, pues el dinero puede llevarse físicamente, pero en los valores sí lo es, ya que son anotaciones.

La CNMV razona que esas situaciones de comisiones tan elevadas “carecen de lógica económica, en la medida en que al inversor le resulta significativamente menos gravoso (sin tener en cuenta aspectos fiscales) liquidar su cartera y realizar una transferencia del efectivo resultante a otra entidad, que ordenar el traspaso de sus valores”. Es una fórmula como otra cualquiera de ‘secuestrar’ al cliente, indican fuentes del sector. Las tarifas de las entidades que cotizan en Bolsa oscilan entre los 1.000 euros que cobra Sabadell por clase de valor, ya sea en la Bolsa española o en una extranjera a los 30,05 euros de BBVA. En medio aparecen Bankinter (500 euros), Santander (100), CaixaBank, Bankia y Liberbank (50 euros en los tres casos). Entre los sociedades de valores, BEKA Finance cobra 50 euros y Renta 4, 30.

La CNMV ha resaltado en algunos de sus informes anuales sobre reclamaciones de los inversores que tarifas por traspaso de valores “significativamente elevadas podría llegar a constituir una vulneración de los derechos del inversor a poner fin al contrato de prestación de servicios e incluso podrían llegar a identificarse como cláusula abusiva”. El organismo reconoce, eso sí, que “su hipotético carácter abusivo no puede ser decretado por la CNMV”. El supervisor, que también es en parte regulador del mercado de valores, sentencia en todo caso que esa comisión “solo debe remunerar de forma proporcionada el servicio prestado”. El problema está en que la circular que regula los folletos de tarifas de los intermediarios, vigente desde mediados de 2012, indica que se deberá establecer una “tarifa máxima fija por cada clase de valor expresada en términos monetarios”. A partir de ahora no será un fijo, sino un porcentaje del importe de los valores traspasados, acompañado de un importe máximo en euros.

En el caso de la renta variable, los bancos o los brókeres tomarán para hallar el cálculo de la comisión la cotización en Bolsa, y en el de la fija, el valor nominal. Y los porcentajes siempre serán en base anual; es decir, se aplicarán proporcionalmente a los días que los valores hayan estado depositados. La CNMV elimina además la posibilidad de que los intermediarios establezcan un importe mínimo, pero sí deberán fijar un máximo. Podrán cobrar, eso sí, gastos de los sistemas de liquidación y registro. Los folletos con las nuevas tarifas deberán estar listos antes del 1 de septiembre, y habrán de aplicarse el 1 de octubre.

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