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¿A qué puedo destinar el pago único al crear una empresa?

Puede ser para comenzar una actividad como trabajador autónomo o como socio-trabajador de una sociedad mercantil o cooperativa

pyme

Para comenzar a trabajar por cuenta propia puedes disfrutar del pago único para montar tu propio negocio. Se trata de una medida para favorecer el autoempleo, abonando en una única operación el importe de la prestación por desempleo. En función de la actividad que tenga previsto desarrollar el dinero se destinará de la siguiente forma, según queda especificado en la pagina oficial del SEPE.

- Como trabajador autónomo o socio de una compañía mercantil

El pago único de la cuantía de la prestación se abonará como pago único, calculada en días completos, en donde se reducirá la cantidad referente al interés legal del dinero. En el caso de que vayas a comenzar a trabajar como autónomo puedes reclamar y conseguir la cantidad que acredites como inversión con un máximo del 100% de la cantidad de la prestación. En el ella se incluyen además las cargas tributarias para arrancar el negocio.

Si se optase por llevar a cabo una actividad profesional como socio de una empresa mercantil, puedes conseguir el importe de la prestación para hacer una aportación al capital social de dicha compañía, con un máximo del 100% de la prestación. El pago único puede destinarse a afrontar la puesta en marcha del negocio, los gastos de constitución y al pago de tributos. También se puede gastar hasta un 15% de este importe en el pago de servicios concretos de formación y asesoramiento.

- Como socio trabajador en una sociedad laboral o cooperativa

Permiten conseguir de un solo pago la cantidad que necesites para desembolsar como aportación al capital social o para sufragar la cuota de ingreso en la cooperativa o para adquirir participaciones o acciones de la sociedad. La cuantía de la prestación por desempleo se abonará en un único pago calculada en días completos.

El dinero de la prestación puede ir a parar a sufragar los gastos de constitución y la puesta en marcha del negocio, además del pago de impuestos. Hasta un 15% de la prestación capitalizada puede destinarse al pago de servicios de formación, asesoramiento e información asociada con la actividad a desempeñar.

En el caso de no obtener en un solo pago la cuantía de la prestación puedes pedir el abono de esta cantidad como subvención para la cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad.

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