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Las pujas son de 55 y 200 millones respectivamente

El Juzgado admite dos ofertas por 55 y 200 millones por el aeropuerto de Ciudad Real

El Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real ha admitido dos ofertas de compra por la totalidad del aeropuerto, una del Grupo Orden 12 SL, por 55 millones de euros, y la segunda de Richard Taffin de Givenchi AG, por 200 millones de euros.

Según se recoge en una providencia dada a conocer este miércoles, la decisión se toma después de analizado el informe de los administradores concursales, sobre las ofertas presentadas antes de que el titular, Carmelo Ordóñez, dictara la nulidad del proceso de subasta y abriera la posibilidad, de nuevo de la venta directa, informe que había solicitado el propio juez.

La oferta del Grupo Orden 12 SL, además de la compra por 55 millones, la cantidad mínima que se fijo era de 50, hace una propuesta avalada de inversión, en la primea fase, de 191 millones de euros y de un plan de viabilidad.

Por su parte, la oferta de Richard Taffin de Givenchi AG se va hasta los 200 millones de euros, con una propuesta de inversión de 850 millones de euros, no avalada, que se desarrollaría en el primer año y medio desde la entrada en funcionamiento del aeropuerto. Esta segunda oferta también cuenta con el correspondiente plan de viabilidad.

La Providencia ordena publicar mediante edictos en el tablón de anuncios del juzgado, publicación edictal que se llevará a cabo el próximo día 8 de marzo de 2016, cada una de las ofertas, de cara a que cualquier tercero interesado en el plazo de 10 días desde el mismo día de la publicación edictal pueda mejorar cualquiera de las pujas.

Asimismo, se requiere a los dos ofertantes aceptados en el punto primero de esta resolución a fin de que consignen en la cuenta de consignaciones de este juzgado el 5 por ciento del valor ofrecido, antes del día 8 de marzo de 2016 o en su caso se ejecutará el aval.

En esa fecha y por ese valor, con apercibimiento expreso de que de no ser consignada la cantidad o no, ejecutado el aval por causa no imputable a este juzgado se le tendrá por apartado y renunciado a la oferta realizada.

Los ingresos se podrán realizar o bien directamente en efectivo y en caja, o a través de cuentas del Banco Santander o mediante transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco Santander.

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