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Ciudadanos propone que las pymes no paguen tasas judiciales

Entienden que supone un gasto muy importante para las pequeñas y medianas empresas, sobre todo después de la época de crisis

justicia

El Grupo Parlamentario Ciudadanos presentó en el Congreso una proposición de ley para que pymes y ONG se libren del pago de tasas judiciales. En el caso de las primeras, consideran que “no se tiene en cuenta su capacidad económica”, recoge Europa Press.

El portavoz adjunto de la formación en la Comisión de Justicia de la Cámara Baja, Marcial Gómez, aseguró que en el régimen de tasas judiciales aprobado en esta legislatura no se valoran “criterios de proporcionalidad ni la capacidad económica del justiciable”. Con esta proposición de ley, lo que pretenden es que el Pleno del Congreso aborde la modificación del sistema establecido por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, para que no tengan que afrontar estos gastos las entidades que se aplican el régimen fiscal especial de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo, además de los sujetos pasivos que sean considerados como entidades de dimensión reducida.

Marcial Gómez ha explicado que la crisis económica ha afectado a muchas pequeñas y medianas empresas, a las cuales les resulta muy complicado “acceder a la Justicia al no tenerse en consideración su situación económica”. Sobre las entidades sin ánimo de lucro, entiende que la obligación de pagar tasas implica un “debilitamiento del mecanismo para hacer valer derechos constitucionales y estatutarios”.

Hace un año el Ejecutivo central modificó la ley de 2012 para incluir entre las exenciones a las personas físicas. En el caso de que saliese adelante la propuesta de Ciudadanos, no tendrían que afrontar el pago de las tasas las personas físicas, las pymes, las ONG y las entidades exentas en el Impuesto sobre Sociedades.

La formación de Albert Rivera cree que las tasas judiciales son muy altas, y más allá del propósito recaudatorio, lo que buscan es un efecto disuasorio que choca “con derechos de protección constitucional”. Los que pueden hacer frente a la tasa recurrirán sin valorar la solidad de su pretensión, pero aquellos que sufran dificultades financieras para afrontar la tasa “podrían no recurrir debido al futuro incierto del fallo”.

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