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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Cotizaciones ajustadas a la realidad

Desde el pasado 1 de enero, el personal administrativo de las empresas que desarrollan actividades de riesgo –constructoras, químicas o ingenierías, entre otras– cotiza por accidente a la Seguridad Social a un tipo equivalente al de cualquier otro empleado de oficina. Hasta esa fecha, estas compañías debían abonar por su personal administrativo y de recursos humanos una cotización equivalente a la que pagan por el resto de sus empleados, es decir, con un tipo más elevado, precisamente por el mayor riesgo de estos sectores. Esa circunstancia generaba una factura considerable para estas compañías, dado que mientras el personal de oficina en general cotiza por este capítulo a un tipo del 1%, los trabajadores de sectores como la construcción o puertos lo hacen al 6,7%.

La reforma, que fue aprobada por el Gobierno a finales de año, permite ahora a los empresarios pagar cotizaciones elevadas únicamente por el personal sometido a riesgos y abonar un tipo más bajo por los demás. La condición para poder aplicar este régimen es que la labor administrativa se desarrolle en la empresa, lo que excluye al personal que se desplaza, como los auditores o los consultores. Como paso previo para abaratar las facturas a la Seguridad Social, las compañías deberán revisar a fondo las cotizaciones que abonan por todos sus empleados y comprobar si estas se ajustan al riesgo de la labor desempeñada por estos. Si no fuese así, se debe tramitar el cambio a través del sistema online RED y, en caso de que corresponda, reclamar también la devolución de esos ingresos indebidos en los últimos cuatro años.

La decisión del Ministerio de Empleo de rebajar las cotizaciones no solo es una medida de justicia, sino que constituye un estímulo que repercute en el ahorro y la inversión. En una coyuntura económica como la actual, con el país inmerso en una recuperación que todavía tiene por delante la labor de consolidarse, cualquier norma que favorezca la actividad empresarial y reduzca los lastres que soporta el tejido empresarial resulta acertada y necesaria. A ello hay que sumar que imponer un tipo de cotización más alta que la que se corresponde con el riesgo de la labor realizada atenta contra la equidad más elemental y supone un enriquecimiento indebido por parte de las arcas públicas. Hay también razones de técnica jurídica: las empresas modernas no son entidades monolíticas, sino una suma realidades heterogéneas que incluye la variedad de bienes que producen, la diversidad de servicios que desarrollan y la multiplicidad de perfiles en la mano de obra que emplean. Esa complejidad exige una regulación flexible y eficaz, en la que impuestos, tasas y cotizaciones se ajusten a la realidad de lo que gravan y constituyan estímulos a la actividad y el desarrollo.

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