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Cómo darse de alta en el censo de empresarios

Este proyecto forma parte del Censo de Obligados Tributarios y en él deben incluirse además las sociedades mercantiles

Las personas interesadas en llevar a cabo actividades empresariales han de tener en cuenta que, antes del inicio de estas, deben solicitar su inscripción en el censo de empresarios.

Este proyecto forma parte del Censo de Obligados Tributarios y en él deben incluirse además las sociedades mercantiles, quienes realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes, quienes abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta así como las personas o entidades no establecidas en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Asimismo, los empresarios o profesionales tienen que considerar que para su inclusión la actividad que realicen ha de basarse en la distribución o producción de bienes o servicios. En concreto, tienen esta consideración las actividades extractivas, de fabricación, comercio y prestación de servicios. Dentro de las mismas quedan incluidas la artesanía, agricultura, ganadería, pesca, construcción, minería y las profesiones liberales y artísticas.

En lo que respecta al plazo de presentación, esta declaración deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las actividades profesionales. Se entiende por comienzo de una actividad el momento precio a la realización de entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes y servicios.

Documentación necesaria

Asimismo, los afectados deberán rellenar el modelo 037 de declaración censal simplificada. Este documento consta de tres páginas y puede ser utilizado por las personas que tengan asignado un número de identificación fiscal, no actúen por medio de representante, su domicilio coincida con el de gestión administrativa, no sean grandes empresas y no realicen ventas a distancias.

Del mismo modo y con carácter general, el modelo 036 de declaración censal podrá ser utilizado por cualquier obligado tributario que deba cumplir con la obligación tributaria formal de presentar esta declaración. Ambos documentos se podrán presentar de forma convencional o mediante certificado electrónico.

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