_
_
_
_

Cómo dar de alta un centro de trabajo

Las pymes y autónomos que deseen abrir un negocio deberán seguir una serie de trámites que te explicamos en el siguiente artículo

oficina

Para convertirse en autónomo o pyme, y poner en funcionamiento un negocio, es preciso abrir una oficina o centro de trabajo que será el que nos sirva para realizar la tarea profesional. Para ello hay que seguir una serie de pasos que te detallamos a continuación.

Una vez que se lleven a cabo los distintos trámites previos de carácter mercantil, civil, financiero o fiscal se debe comunicar la apertura del centro de trabajo a la autoridad laboral competente, así como la reanudación después de un parón o los cambios de cierta relevancia. La obligación de hacer este trámite recaerá en el empresario.

Para comunicar la apertura se debe hacer con carácter previo o durante los siguientes treinta días a la apertura de la oficina o la reanudación de la actividad después de realizar alguna modificación o ampliación. Cuando se comunique esta información se debe acompañar con un ejemplar del modelo oficial, en donde aparecerán los siguientes datos:

Datos de la compañía:

- Nombre o razón social, domicilio, municipio, provincia, teléfono, código postal y dirección de correo electrónico.

- Identificación o código de identificación fiscal. En el caso de los extranjeros se solicitará el pasaporte o documento correspondiente.

- Aclarar si la empresa es de nueva creación o ya existía con anterioridad.

- Actividad económica a la que se dedica.

- Entidad gestora o colaboradora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Datos del centro de trabajo:

- Nombre, domicilio, municipio, provincia, código postal y teléfono. Es preciso que aparezca recogido de una manera clara y concreta la localización exacta del centro de trabajo.

- Número de inscripción en la Seguridad Social, clase de centro, el motivo de la comunicación y la fecha en que se comienza la actividad.

- Actividad económica.

- Número total de trabajadores que hay en el centro de trabajo, distribuido por sexo.

- Modalidad de la organización preventiva.

- Superficie construida en metros cuadrados.

Datos de producción y almacenamiento del centro de trabajo:

- La potencia eléctrica instalada.

- Especificar la maquinaria y los aparatos que hay instalados.

- En el caso de realizar actividades recogidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, en el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como la especificación de trabajo, operaciones y agentes que se incluyan en dicho anexo.

Más información

Archivado En

_
_